El 26 de junio se ha publicado la Directiva 2013/34/UE, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la cual se modifica la Directiva 2006/43/CE y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83 / 349/CEE.
Esta nueva Directiva se enmarca en la política comunitaria de disminución de cargas administrativas para pequeñas y medianas empresas, y la armonización de los requerimientos en todos los países de la unión, estableciendo un nuevo marco tanto de las obligaciones de información financiera como de los principios contables que tienen que regir a estas entidades, optando por no transponer los NIIF para pequeñas y medianas empresas a la normativa comunitaria.
Esta fase, que se anuncia como la última, amplía tanto el ámbito subjetivo como el objetivo de las anteriores fases para englobar deuda comercial que en fases anteriores había quedado excluida.
Así, en el ámbito local, además de los Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos Insulares y Cabildos, y sus entes dependientes, se incluyen en el mecanismo, siempre que no estén en disolución, Las mancomunidades, los consorcios íntegramente locales.
Las empresas que cotizan a la Seguridad Social pueden solicitar la devolución total o parcial de aquellas cantidades que hayan ingresado de más por error. Los supuestos más frecuentes son los siguientes:
El pasado 25 de junio de 2013, se hicieron públicas las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TUE), el Sr.. Niilo Jääskinen, sobre el caso Google Spain S.L. y Google Inc. contra la Agencia Española de Protección de Datos, asunto que le fue planteado a petición de la Audiencia Nacional. Comentó antes de todo que se trata de un documento previo a la sentencia que deberá dictar el propio TJUE (prevista para finales de año) y que aunque no es vinculante, el sentido de esta suele coincidir con la de sus letrados.