1. Alegaciones Sr. Costeja
2. Resolución AEPD
3. Recurso de Google
4. Resolución TJUE
5. Ponderación
6. Conclusiones
El pasado 13 de mayo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció finalmente sobre el caso Google Spain SL y Google Inc. v. Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y D. Mario Costeja Rodríguez. Una Sentencia, que, sin duda, marcará un antes y un después en la protección de la privacidad individual en Internet: el Alto Tribunal Europeo confirma el derecho de los usuarios a solicitar a Google, así como a cualquier otro motor de búsqueda de Internet, la retirada de links que dirijan a páginas donde se puede encontrar información con datos de carácter personal de los mismos, siempre que estas puedan lesionar la dignidad de la persona entendida en sentido amplio.
1. Alegaciones Sr. Costeja.
La sentencia se enmarca en una batalla legal que se inició el marzo del 2010 raíz de la reclamación del Sr. Costeja a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra La Vanguardia, por un lado y Google Spain SL y Google Inc. de la otra, basada en un artículo publicado por el conocido diario en 1998, y que se podía encontrar en los resultados de Google al introducir el nombre del particular. El Sr. Costeja a alegaba que el artículo, que anunciaba una subasta de inmuebles relacionada con el embargo por deudas a la Seguridad Social, perjudicaba su imagen y lesionaba su dignidad, además de que el embargo citado se encontraba totalmente solucionado desde hacía años. (más…)
El Parlamento Europeo aprobó en fecha 12 de marzo de 2014 un conjunto de medidas legislativas destinadas a adaptar la normativa europea de Protección de Datos (actual Directiva 95/46/CE) al rápido desarrollo de Internet y las nuevas tecnologías. El objetivo de este paquete legislativo es reforzar los datos de los ciudadanos de la Unión y facilitar a las empresas una mejor adaptación al mundo de las nuevas tecnologías.
La regulación de esta materia culmina con la adopción de dos medidas legislativas:
En primer lugar, el Reglamento de Protección de Datos, que quiere dar respuesta a todos los datos procesados a la UE, englobando el comercio electrónico y las bases de datos de clientes que estas empresas gestionan, los servicios bancarios, las redes sociales y los registros de hospitales y de universidades ubicados a los Estados Miembros de la Unión. Esta norma fue propuesta por el eurodiputado alemán Jan Philipp Albrecht, representando a los Verdes/ALE y fue aprobada por 621 votos a favor, 10 en contra y 22 abstenciones. (más…)
El pasado 6 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (en adelante Ley 10/2010).
El ámbito de aplicación de este reglamento es regular, en desarrollo de la Ley 10/2010, las obligaciones de los sujetos obligados por dicha Ley, relacionados en el artículo 2 de la misma, la organización institucional en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, sanciones y contramedidas financieras internacionales y establece la estructura y funcionamiento del Fichero de Titularidades Financieras. (más…)
El próximo jueves 29 de mayo tendrá lugar la jornada sectorial: «Contratos-Programas y reestructuración del sector empresarial local» en Sant Boi de Llobregat.
Desde Faura-Casas, nuestro socio Joan Pàmies Pahí, colabora con la ponencia: «Reestructuración empresarial local en el nuevo contexto normativo».
Adjuntamos el díptico con toda la información por si estáis interesados en asistir.
En fecha 15 de mayo de 2014 ha sido publicada en el BOE, la Resolución de 6 de mayo de 2014 de la Tesorería de la Seguridad Social, por la cual se autoriza una nueva ampliación del plazo de ingreso de la cotización correspondiente a los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, consecuencia de la modificación del artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, mediante la nueva redacción dada por la disposición final tercera del RDL 16/2013, de 20 de diciembre.
Se tiene que recordar que a partir de la entrada en vigor del RDL 16/2013, de 20 de diciembre, las empresas tenían que cotizar en el régimen general de la Seguridad Social por conceptos que hasta el momento estaban excluidos. Y que la norma, entró en vigor el 22 de diciembre de 2013, y por lo tanto a partir de esta fecha se ha cotizar por este nuevos conceptos.
Posteriormente a la Resolución de 23 de enero de 2014, se autorizó la ampliación del plazo de liquidación e ingreso de los nuevos conceptos computables en la base de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, correspondientes a los periodos de liquidación de diciembre de 2013 a marzo de 2014. Los mencionados conceptos podían ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés, hasta el 31 de mayo de 2014.
Con el nuevo aplazamiento el plazo de liquidación e ingreso de los nuevos conceptos computables en la base de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social correspondientes a los periodos de liquidación de diciembre de 2013 a mayo de 2014, podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés, hasta el 31 de julio de 2014.