El Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones, establece una reducción en las retenciones del IRPF a aplicar a las percepciones obtenidas por los artistas.
La citadas reducciones se concretan en:
Área Fiscal-Laboral
El Boletín Oficial del Estado del pasado 24 de diciembre publicaba el Real Decreto-ley 31/2022, de 23 de diciembre, en el que se aprobaban una serie de medidas de carácter urgente en materia tributaria, catastral y de seguridad social.
Entre las medidas que se tuvieron que aprobar antes de finalizar el 2022 se incluye la posibilidad de ampliar a veintinueve años la carencia, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales para el pago de la deuda histórica por cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social de las instituciones sanitarias titularidad de las administraciones públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que se hubieran acogido de acuerdo con la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de presupuestos del estado para 1995.
“Disposición adicional novena Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro
Las instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la ampliación de la carencia concedida a veintinueve años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.
Cuando las instituciones sanitarias a que se refiere el párrafo anterior sean declaradas en situación de concurso de acreedores, a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, la moratoria quedará extinguida desde la fecha de dicha declaración.”
El pasado mes de diciembre se publicó en el BOE la Ley 31/2022 de presupuestos generales del estado para el año 2023 (LGPE 2023), que incluyó diversas modificaciones en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP).
Una de estas modificaciones está directamente relacionada con la obligación de disponer de un plan de igualdad. Hasta ahora, se establecía la prohibición en el marco de los contratos del sector público de contratar empresas licitadoras de 250 o más trabajadores que no dispusieran de plan de igualdad. Pues bien, con la nueva redacción, en vigor desde el 1 de enero de 2023, se reduce el umbral en cuanto a número de trabajadores, estableciendo que no se podrá contratar con empresas de 50 o más trabajadores que no dispongan de plan de igualdad.
Resultando la redacción final del artículo 71.1 apartado d) de la LCSP, según la Disposición Final 27a de la LPGE 2023:
«d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2% de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.»
Se puede consultar el texto completo de la LPGE 2023 en:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128