Recientemente la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía sobre tratamiento de control de presencia mediante sistemas biométricos. Esta nueva guía viene en parte motivada por el hecho de que los sistemas biométricos y el tratamiento de datos obtenidos a partir de ellos están evolucionando muy rápidamente y en parte, como consecuencia de cambios que se han producido en el contexto normativo, social y tecnológico. Además, se subraya que, en ocasiones, mediante el análisis biométrico, se pueden inferir y recoger más categorías especiales de datos, en particular, datos relativos a la salud, o datos que revelen el origen racial o étnico, entre otros.
En un tratamiento de control de presencia que emplee sistemas biométricos, ya sea para el registro de jornada como para el control de acceso, podrían existir diferentes alternativas en la implementación: que esté basada en dos operaciones de identificación, en una de autenticación y otra de identificación, o en una única operación de autenticación. Sea como sea, en esta guía se reafirma que el dato biométrico constituye en todo caso una categoría especial de dato, según interpretación de las Directrices 05/2022 del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), de 26 de abril de 2023, lo cual modifica el criterio sostenido hasta la fecha por la AEPD en varios informes jurídicos y en la guía La Protección de Datos en las Relaciones Laborales de 2021. (más…)
Como novedad para los alumnos en prácticas no remuneradas, tendrán la obligación de comunicar el alta, baja y comunicar los días que realicen las prácticas, además de cotizar a la Seguridad Social a partir del 01 de enero de 2024
La afiliación se extiende desde la fecha de inicio hasta el cese como participante en el programa de formación. El plazo reglamentario para la comunicación del alta o baja es de 10 días naturales desde el inicio o finalización de las prácticas.
Los alumnos que realicen estas prácticas quedan comprometidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social. (más…)
Las principales novedades de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción ya fueron resumidas en un artículo de Alba Torres publicado en la newsletter del pasado mes de febrero. Ahora volvemos a pronunciarnos sobre esta ley por un doble motivo: el primero, debido a que desde este mes de diciembre cualquier entidad que tenga 50 trabajadores o más, así como todo municipio con menos de 10.000 habitantes, ya tiene obligación de tener implementado un sistema interno de información (SII). (más…)
El Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo «Contratación pública en la UE» (4/12/2023), pone en duda el éxito de los principales objetivos de la Directiva 2014/24
Algunas de las principales conclusiones que relata el citado informe son:
– El nivel de competencia en los contratos públicos de obras, bienes o servicios ha disminuido en los últimos diez años en el mercado único de la UE.
– Más del 40% de las adjudicaciones se produjeron en procedimientos con una única oferta
– La reforma de 2014 aún no ha dado lugar a mejoras significativas en la forma en que los poderes adjudicadores llevan a cabo su contratación Pública.
– En cuanto a la simplificación, no se constata una mejora significativa que aumentara el atractivo de la contratación pública.
– La duración media de los procedimientos de contratación pública ha aumentado en un 50% desde 2011.
– Tanto los porcentajes de anuncios publicados como la participación de las pequeñas y medianas empresas en la contratación pública han continuado siendo insatisfactorias durante el período auditado.
– La promoción de la contratación estratégica con el objetivo de fomentar una mayor consideración de los aspectos medioambientales, sociales o innovadores ha tenido un impacto global limitado y la proporción de procedimientos que utilizan criterios de adjudicación diferentes del precio es muy limitada a pesar de la reforma de 2014.
El código identifica los principios, valores éticos, normas de conducta y buenas prácticas que deben regir la actuación de todas las personas que participan en los procedimientos de compra pública.
Su contenido, de carácter preventivo y orientador, tiene por finalidad mejorar la cultura ética de las personas destinatarias del Código. A tal efecto, el Código articula un sistema de garantías mediante dos canales donde cualquier persona puede dirigir las cuestiones éticas que se puedan plantear en el marco de cualquier procedimiento de compra pública, y prevé un sistema de seguimiento y evaluación para garantizarlo la eficacia. (más…)
La obligación que afecta a la gran mayoría de las empresas de elaborar un plan de igualdad de forma negociada con la representación legal de los trabajadores, tal y como hemos ido viendo, no es tan fácil de cumplir. La normativa nos dice que, si la empresa no tiene representación legal de los trabajadores, es necesario pedir a los sindicatos más representativos que se presenten a la negociación: ¿qué pasa, sin embargo, si estos sindicatos, a pesar de haberlos enviado diferentes requerimientos por Email , ¿no contestan o contestan diciendo que no pueden o no quieren participar en esta negociación? No se trata de una cuestión menor, ya que, de entrada, si un plan no ha sido formalmente negociado, el registro deniega su inscripción, lo que deja a la empresa en una situación de incumplimiento legal y de indefensión, sin habilitación para participar en concursos públicos y con las pérdidas económicas que esto pueda suponer. (más…)
El pasado 6 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, por el que se modificaban una serie de aspectos recogidos en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RD 439/2007, de 30 de marzo), entre ellos los artículos 113 y siguientes relativos al régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. La aprobación de la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley 28/2022, de 21 de diciembre) supuso, a través del punto quinto de la Disposición final tercera, la modificación del artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, ampliando los escenarios en los que una persona física residente en España a consecuencia de un desplazamiento al territorio español podía tributar como No Residente. (más…)
El pasado 6 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1008/2023, de 5 de diciembre, en el que se modifican el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en materia de retribuciones en especie, deducciones por maternidad, obligación de declarar y pagos a cuenta, así como el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, en materia de retenciones e ingresos a cuenta, en vigor desde el día siguiente a su publicación en el BOE. A continuación, resumimos las principales modificaciones reglamentarias previstas en este real decreto: (más…)
El Real decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Este reglamento desarrolla lo que prevé la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal con respecto a los procesos de facturación para asegurar la estandarización de sistemas y programas informáticos de facturación y evitar la alteración de las facturas una vez emitidas. También pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, logrando una mejora en el cumplimiento tributario. (más…)