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Las violaciones de seguridad registradas por la APDCAT dejan de crecer en 2024

La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha anunciado una disminución en el número anual de notificaciones de violaciones de seguridad durante el año 2024 en comparación con el año anterior. Esta reducción rompe, por primera vez, la tendencia al incremento del 20% anual que se venía observando desde el año 2018.

Concretamente, la APDCAT recibió un total de 182 notificaciones de violaciones de seguridad a lo largo de 2024, una cifra que supone una ligera disminución en relación con las 183 notificaciones registradas en 2023. A pesar de tratarse de un descenso modesto –del 0,5%–, el número de afectados se ha reducido a más de la mitad, con un total de 230.000 personas, en comparación con el millón y medio que se registró a lo largo de 2023.

La Autoridad atribuye esta mejora tan pronunciada en el número de afectados, principalmente, a la disminución de ciberataques, que pasan del 31% en 2023 al 17% en 2024, especialmente los de tipo ransomware, que han pasado del 19% al 3%. Estos ataques ransomware, basados en el secuestro de datos, son los que afectan a un mayor número de personas. En consecuencia, el 41% de las violaciones de seguridad que ha recibido la APDCAT durante 2024 solo han tenido impacto en un número de entre 1 y 10 personas.

Aun así, cabe destacar la forma en que, a pesar de la notable disminución en el impacto de estas violaciones, el número de notificaciones a las autoridades se ha mantenido en línea con las de 2023. Esto pone de manifiesto que los responsables de realizar estas notificaciones no han reducido su labor de vigilancia y han continuado cumpliendo rigurosamente con su obligación de reportar los incidentes de manera adecuada.

En cuanto al origen de las violaciones de seguridad, el error humano pasa a ser la primera causa de los incidentes (aumenta del 43% al 59%), mientras que el acto externo malintencionado se sitúa en segundo lugar (baja del 52% al 33%). En última instancia, se encuentra el acto interno malintencionado (por ejemplo, abuso de privilegios de acceso por parte de empleados que extraen, copian o reenvían datos sin autorización), que se mantiene en tercer lugar con ligeras variaciones al alza.

En la misma línea de 2023, en la gran mayoría de los incidentes (92%) se ve afectada la confidencialidad de los datos, mientras que las violaciones que afectan a la disponibilidad disminuyen (hasta el 7%), en coherencia con la reducción del número de ataques ransomware, que al operar mediante la encriptación de los datos con el objetivo de posteriormente exigir un rescate, limitan su accesibilidad y cuando se necesitan.

Finalmente, como es habitual, la mayoría de las violaciones afectan datos identificativos básicos (nombre y apellidos y, en algunos casos, fecha de nacimiento) y datos de contacto, en un alto porcentaje combinados con datos de documentos de identidad (como DNI, NIE o pasaporte), cuyo acceso y uso indebido puede suponer un riesgo importante de daño para los titulares de los datos comprometidos, como el riesgo de sufrir una suplantación de identidad o ser víctima de fraude.

Estas noticias son especialmente relevantes para el sector sanitario, un ámbito particularmente vulnerable a este tipo de incidentes debido a la naturaleza sensible de los datos que gestiona. Según el artículo 9.1 del RGPD, estos datos se consideran de categoría especial y requieren la aplicación de medidas específicas de seguridad que garanticen su integridad y confidencialidad frente a intentos de acceso no autorizados y tratamientos ilícitos que puedan comprometer la privacidad de sus titulares.

Aun así, es importante mantener el nivel de alerta. Como recordaba el Informe de Prospectiva de Ciberseguridad para 2024 de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, el sector sanitario sigue siendo un objetivo principal en esta materia, por lo que continúa siendo primordial la adopción y el mantenimiento de estrategias de ciberseguridad proactivas, flexibles y adaptables ágilmente a los cambios dinámicos y a la evolución de este tipo de amenazas cibernéticas.

En este sentido, es importante recordar que, según el artículo 33 del RGPD, en caso de que se produzca una violación de seguridad de datos personales, el responsable del tratamiento deberá notificarlo a la Autoridad «sin dilación indebida» y, por regla general, en un plazo máximo de 72 horas desde que se haya tenido constancia del incidente. Según el RGPD, se considera violación de seguridad cualquier incidente que ocasione la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra manera, o la comunicación o el acceso no autorizado a dichos datos.

Así pues, cuando el responsable de protección de datos considere, en base a criterios como el tipo de violación, la categoría y tipología de los datos o el volumen y tipo de afectados, que la violación supone un riesgo de que se produzcan perjuicios (daños físicos, materiales o inmateriales) para las personas titulares de los datos afectados, deberá comunicarlo a la autoridad competente –en el caso de Cataluña, a la APDCAT– en los términos establecidos.

A modo ilustrativo, la Autoridad ha considerado violaciones de seguridad que deben ser comunicadas aquellas que impliquen pérdida de control sobre los datos, restricción de derechos de los titulares, discriminación, suplantación de identidad, pérdidas financieras, daño a la reputación, reversión no autorizada de la pseudonimización o pérdida de confidencialidad de datos sujetos a secreto profesional.

En definitiva, a pesar de la clara mejora, seguiremos con interés la evolución de los datos registrados por las Autoridades en materia de violaciones de seguridad y su impacto en la protección de los datos personales de los afectados, especialmente en sectores críticos como lo es el sector sanitario.

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Novedades en ciberseguridad y sector sanitario

La continua evolución de las amenazas cibernéticas ha dado origen a nuevos desafíos, poniendo de manifiesto ciertas limitaciones que dificultan abordar de manera eficaz los retos actuales y emergentes en el ámbito de la ciberseguridad. En este contexto, la Directiva NIS2 surge como respuesta a esa necesidad de actualización y fortalecimiento de las medidas establecidas en la Directiva NIS1, erigiéndose como un marco normativo estratégico para abordar los retos actuales en materia de ciberseguridad en el marco de la Unión Europea. La Directiva NIS 2 entró en vigor el 16 de enero de 2023, y su transposición en España se hará a través del anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad aprobado el pasado 14 de enero de 2025 por el Consejo de Ministros.

La NIS2 amplía el ámbito de aplicación, dotando así de una mayor cobertura a los sectores y servicios de más relevancia social y económica, considerándolos como entidades esenciales o importantes, en función del grado de criticidad de sus sectores, de su tamaño o del tipo de servicio prestado. El sector sanitario forma parte de los sectores de alta criticidad, y en él se incluye: laboratorios de referencia de la UE, entidades que realizan actividades de investigación y desarrollo de medicamentos, entidades que fabrican productos farmacéuticos de base y especialidades farmacéuticas y entidades que fabrican productos sanitarios que se consideran esenciales en situaciones de emergencia de salud pública.

Además, la NIS2 refuerza los requisitos de seguridad que han de cumplir las entidades afectadas, precisa el proceso de notificación de incidentes, aborda la seguridad en la cadena de suministro y las relaciones con proveedores, refuerza el intercambio de información sobre incidentes y la divulgación de vulnerabilidades y establece una red europea de soporte de crisis (EU-CYCLONe). Todas las medidas deben, por un lado, ser proporcionadas al riesgo, tamaño, coste e impacto y gravedad de los incidentes; y, por otro lado, tener en cuenta el estado de la técnica, y cuando proceda, las normas europeas e internacionales.

En cuanto a la notificación de incidentes, solo en 2023, los países de la UE notificaron 309 incidentes de ciberseguridad graves contra sector sanitario, más que en cualquier otro sector crucial. Además, hay que considerar que el 54% de los ciberataques en el sector de la salud implican ransomware.

Tal y como se indica en el Informe de prospectivas de ciberseguridad para el 2024 de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña  “Se identifica, en primer lugar, que el sector salud emerge como un objetivo principal, ya que se enfronta a amenazas que pueden paralizar los sistemas críticos de salud pública y comprometer datos sensibles de pacientes. (…) El reto de implementar un entorno de ciberseguridad robusto y avanzado en Cataluña también exige adquirir y desplegar de forma efectiva nuevas capacidades. La aplicación de inteligencia artificial, para automatizar y escalar las defensas cibernéticas, junto con la incorporación de otras tecnologías punteras, es imprescindible para hacer frente a la evolución de las ciberamenazas. Además, hay que adoptar una estrategia de ciberseguridad proactiva, flexible y adaptable ágilmente a los cambios dinámicos y a la evolución de las amenazas cibernéticas.”

Los ciberataques también tienen consecuencias en la normativa de protección de datos. Por ello, es importante que el responsable sea consciente de cómo ha evolucionado el contexto de brechas de datos personales en el ámbito de la salud y, en particular, de los ciberincidentes de tipo ransomware que se han multiplicado en los últimos años, y que afectan a todo tipo de organizaciones asistenciales. Son varias las resoluciones sancionadoras de la Agencia Española de Protección de Datos que se han publicado en los últimos tiempos derivadas de ransomware, por ejemplo, el PS/00529/2022 contra Institut Marquès Obstetrícia i Ginecología SLP, en que se imputan infracciones de los arts. 5.1.f), 32 y 34 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD); o los procedimientos de la Autoridad Catalana de Protección de Datos PS 1/2024 y PS 4/2024, referentes al Hospital Clínic de Barcelona y Fundació de Recerca Clínic Barcelona-Institut d’Investigacions Biomèdiques August Pi i Sunyer, en los que se declara una infracción del art. 83.4.a en relación con el art. 32.1 RGPD e infracción del art. 83.4.a en relación con el art. 32.2 RGPD.

En definitiva, de todo lo expuesto se desprende que la ciberseguridad seguirá marcando la agenda de las organizaciones del sector salud durante los próximos ejercicios, así como también de la política comunitaria. El pasado 15 de enero de 2025 la Comisión Europea presentó un plan de acción de la UE destinado a reforzar la ciberseguridad de los hospitales y los prestadores de asistencia sanitaria, que tiene como objetivo crear un entorno más seguro y protegido para los pacientes.  Esta iniciativa marca la primera iniciativa sectorial específica para desplegar toda la gama de medidas de ciberseguridad de la UE. El Plan se basa en las cuatro prioridades siguientes:

  1. Prevención mejorada.  El plan ayuda a desarrollar las capacidades del sector sanitario para prevenir incidentes de ciberseguridad a través de medidas de preparación mejoradas, como orientaciones sobre la aplicación de prácticas críticas de ciberseguridad.
  2. Mejor detección e identificación de amenazas. Se desarrollará un servicio de alerta temprana a escala de la UE, que ofrecerá alertas casi en tiempo real sobre posibles ciberamenazas, de aquí a 2026.
  3. Respuesta a los ciberataques para minimizar el impacto. El plan propone un servicio de respuesta rápida para el sector sanitario en el marco de la Reserva de Ciberseguridad de la UE.
  4. Disuasión. Proteger los sistemas sanitarios europeos disuadiendo a los agentes de ciberamenazas de atacarlos. Esto incluye una respuesta diplomática conjunta de la UE a las actividades informáticas malintencionadas.

Seguiremos con interés los pasos previstos para 2025-2026 definidos en el Plan y analizaremos si con ello dejan de aumentar año tras año los ciberataques a hospitales y otros prestadores de asistencia sanitaria.

 

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