El pasado 25 de mayo de 2023 se publicó en el BOE la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la cual se modifica la Ley General Tributaria. Entre los principales cambios aprobados, destaca la aprobación de un sistema único de corrección en las autoliquidaciones, para acercarse a la jurisprudencia europea. El sistema actual para rectificar una declaración consta de dos alternativas:
A mediados de este mes de septiembre, el Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, conocida como la Ley «Crea y Crece». Aunque la norma tiene su origen en facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos reguladores e impulsar su crecimiento y expansión, también incluye medidas para luchar contra la morosidad. (más…)
Ya está disponible la actualización del «Manual de Contabilidad de las Administraciones Locales» editado en 2014 por Faura-Casas Editorial, recogiendo los contenidos de la primera edición de Faura-Casas, Auditores-Consultores, SL – con la participación de la mayoría de los autores que ya colaboraron en su redacción.
Este Manual de Contabilidad Pública está especialmente pensado para la formación contable de los empleados públicos del sector local. Además de los 25 bloques teóricos, se incluyen diversos ejercicios prácticos.
Se puede adquirir a través del siguiente enlace: https://lnkd.in/dhkjAshJ
El pasado 23 de octubre, Jordi Casals, socio de FAURA-CASAS, participó junto a Rosa Puigvert, del Departamento técnico del Colegio de Censores, en el «Curso sobre la contabilización del impuesto de beneficios» organizado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) que tuvo lugar en la Sede de la Delegación Catalana.
El pasado 30 de septiembre, tuvo lugar, en el Auditorio del Colegio de Economistas de Catalunya el acto de graduación y entrega de diplomas de la promoción 2.017-2019 y del Máster Universitario en Contabilidad Superior y Auditoría – UAB, que se hizo junto con el acto de inauguración de la promoción del Máster Universitario en Contabilidad Superior y Auditoría 2019-2021.
La conferencia fue presidida por el socio fundador de Faura-Casas, Dr. Joan B. Casas, economista y auditor, doctor en Economía y Ex decano del Colegio de Economistas de Catalunya, con el título «Tecnología y sociedad: de la gran corporación al tercer sector».
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publicaba en su página web, el pasado 4 de junio de este año, una serie de consideraciones que aclaran diversos aspectos sobre las condiciones exigidas en los procesos de contratación de auditores.
Como consideración general el ICAC, al tratarse de procesos de licitaciones de diversas entidades, entre las que se encuentran algunas integrantes del sector público, señala que resulta conveniente aclarar el ámbito de la normativa en que se ha de enmarcar el trabajo de auditoría de las cuentas anuales de una determinada entidad, en función de su naturaleza pública o privada y, por tanto, el régimen jurídico al que se encuentra sujeto el trabajo, lo que permite diferenciar entre lo que podría denominarse «auditoría mercantil» y «auditoría pública».
Con referencia a esto, hay que resaltar la diferencia de los diferentes ámbitos normativos en los que se desarrollan, por un lado, la actividad de auditoría de cuentas llamada «auditoría mercantil», que se encuentra regulada por la Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas (en adelante, LAC), y su normativa de desarrollo, entre las que se encuentran las normas técnicas de auditoría publicadas al efecto por el Instituto de Contabilidad de Auditoría de Cuentas.
Nuestro socio fundador y presidente de ACCID, Daniel Faura, ha publicado en VIAempresa (4 julio 2019) el artículo De cuentas a cuentos. Recuperado de https://www.viaempresa.cat/economia/faura-accid-comptes-contes_1937007_102.html
Acabamos de celebrar el octavo Congreso de ACCID, la Asociación Catalana de Contabilidad y Dirección que, con más de 11.000 socios, integra a los profesionales y académicos que se dedican a los ámbitos de la contabilidad y la dirección de empresas en Cataluña. Los objetivos de ACCID son la mejora de la calidad y la transparencia de la información, promover la investigación y nuevos desarrollos, difundir y debatir sobre todos aquellos aspectos relacionados con la contabilidad y la información que fundamentan la toma de decisiones.
«Los primeros contables nacen con los sumerios hace más de 5000 años, y su función era calcular, medir y registrar: la avena que recogían, las herramientas y los animales que poseían, o las relaciones comerciales».
ACCID presenta su Manual de Ratios Sectoriales de 2017, que incluye el análisis de cuentas anuales de empresas de 143 sectores de actividad, con 25 ratios para cada sector, como herramienta de comparación y análisis de los datos de una empresa con otras del mismo sector de actividad empresarial.
Este estudio, coordinado por Oriol Amat, ha contado con la colaboración de la UPF Barcelona School of Management, ACCID y el Registre d’Experts Comptables de Catalunya (RECC).
Se ha publicado en el DOGC número 7791 de fecha 18 de enero de 2019 la Orden VEH/6/2019, de 15 de enero, de contabilidad de la Generalitat de Catalunya, que deroga la Orden ECF / 300/2002, de 18 de abril.
Esta nueva Orden adecua el marco normativo de la contabilidad al Plan General de Contabilidad Pública (PGCPGC), aprobado mediante la Orden VEH/137/2017, de 29 de junio, aplicable a partir del ejercicio contable que se inició el día 1 de enero de 2018.
Una de las finalidades de la nueva Orden es potenciar la Administración electrónica en la Administración Pública en el ámbito de la gestión económica y de la información contable. Así, se contempla la sustitución de los documentos contables para las anotaciones contables electrónicas.
La primera se refiere al tratamiento contable del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en las donaciones de inmovilizado, tanto para la entidad donante como para la receptora del activo (donataria).
De acuerdo con la normativa de IVA aplicable y a lo establecido en la norma de registro y valoración nº 12 del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, se concluye que si la empresa realiza una donación por la que esté obligada a repercutir el IVA, y se acuerda que la entidad que recibe la donación no abone dicho importe, el donante deberá contabilizar un más gasto por donación y viceversa, el donatario registrará dicho importe como donación (ingreso), en caso de que la entidad pueda deducirse el IVA, formando más coste del inmovilizado en caso contrario. (más…)