El Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones, establece una reducción en las retenciones del IRPF a aplicar a las percepciones obtenidas por los artistas.
La citadas reducciones se concretan en:
Área Fiscal-Laboral
El próximo día 1 de enero de 2023 entra en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (y modificado por el Real Decreto-ley 14/2022), por el que se crea el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos (el RETA), basado en un sistema de cotización acorde con el rendimiento neto y poniendo fin a la libre elección de la base de cotización, vigente hasta ahora por este colectivo.
Las principales novedades del nuevo sistema de cotización en el RETA son:
El pasado 1 de diciembre se publicaba en el Diario Oficial de la Generalidad de Catalunya la Resolución JUS/3741/2022, de 28 de noviembre, por la que se aprueban los criterios que deben regir el Plan de actuación inspectora de fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública para el año 2023.
De acuerdo con el artículo 336.2.1 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y el artículo 7 de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública, el Protectorado debe velar por que se cumplan las finalidades fundacionales, las disposiciones legales y los estatutos de las fundaciones y para que se observe la voluntad fundacional respetando la autonomía de gestión y de funcionamiento de las fundaciones. Esta función básica se desglosa en una serie de funciones específicas, entre las cuales el artículo 10, letra a, de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, incluye la de velar por el cumplimiento efectivo de la voluntad fundacional, de las disposiciones legales y de los estatutos, mediante la verificación de las cuentas anuales y demás instrumentos establecidos por las leyes.
El artículo 23.1 de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, confiere al Protectorado y al Órgano de Supervisión de las asociaciones declaradas de utilidad pública el ejercicio de la potestad inspectora. En concreto, el artículo 23.2 enumera una serie de causas de inspección y el artículo 24.1 dispone que el Protectorado y el Órgano de Supervisión de las asociaciones declaradas de utilidad pública deben aprobar anualmente un plan de actuaciones inspectoras formulado de acuerdo con unos criterios objetivos que deben hacer públicos. (más…)
El pasado 6 de octubre se presentó en las Cortes Generales del Estado el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023. En el presente artículo se recogen las principales modificaciones previstas en el ámbito tributario y, de las que destacan, las relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Que el rendimiento íntegro de estas actividades en el ejercicio anterior sea inferior a 15.000 euros.
Se incrementa tanto el umbral a partir del cual resulta de aplicación la reducción adicional que pasa de los 14.450 euros a los 19.747,5 euros del rendimiento neto, como el importe de la reducción máxima, que pasa a 6.498 euros (3.700 euros en el ejercicio actual).
o Se prorroga para el período impositivo 2023 los límites cuantitativos para la aplicación del método de estimación objetiva del rendimiento de la actividad empresarial, así como para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Impuesto sobre Sociedades
Este tipo de gravamen reducido no se aplicará en las entidades que tengan la consideración de sociedades patrimoniales.
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Se modifican los requisitos exigidos para poder modificar la base imponible a consecuencia de impagos:
Régimen fiscal del mecenazgo
Interés legal e interés de demora.
o El interés legal del dinero en el 3,25% (actualmente: 3%)
o El interés de demora tributario en el 4,0625 (actualmente: 3,75%)
Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
o Diario: 20 euros (actualmente: 19,30 euros)
o Mensual: 600 euros (actualmente: 579,02 euros)
o Anual: 7.200 euros (actualmente 6.948,02)
Como viene siendo habitual, la aprobación definitiva de los presupuestos generales del Estado para el año 2023 supondrá, entre otros, importantes novedades en materia de contratación pública; con especial relevancia en los ámbitos de integridad institucional y el papel de la intervención municipal en la recepción materiales de los contratos. (más…)
El pasado 29 de septiembre es va publicar en el BOE la ley 18/2022, de 18 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, con el objetivo, tal y como prevé el artículo 1 de la misma ley, de “mejorar el clima de negocios impulsando la creación y crecimiento empresarial a través de la adopción de medidas para agilizar la creación de empresas” como la reducción de la morosidad comercial. (más…)
Con la creciente preocupación por el medio ambiente y las consecuencias del efecto invernadero y con el fin de fomentar la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como el fomento del reciclado de los residuos plásticos contribuyendo en la circularidad de este material, a partir del próximo 1 de enero de 2023 entra en vigor el nuevo impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (más…)
El pasado 3 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre, por la que se aprueba y publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el Real decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Fue precisamente en este real decreto donde se introdujo una nueva regulación de diversos instrumentos a través de los cuales debe aplicarse el principio de transparencia retributiva, siendo uno de ellos el procedimiento de valoración de puestos de trabajo. (más…)
La Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) es el nuevo servicio de la Administración que permite a los usuarios (empresas o ciudadanos) gestionar y consultar todas las notificaciones electrónicas emitidas por los distintos organismos públicos adheridos al sistema. El acceso a la DEHú se realiza a través del portal https://dehu.redsara.es.
La DEHú sustituye a la dirección electrónica habilitada (DEH) que era el nombre con el que, hasta ahora, se denominaba a este servicio, y actualmente cuenta con más de 8.000 Organismos públicos que envían sus notificaciones a la DEHú, además de poner -las a disposición en la sede electrónica de su página web; entre ellos, la Agencia Tributaria, que desde el 6 de septiembre de este año ya utiliza la Dirección Electrónica Habilitada Única para realizar TODAS sus notificaciones y comunicaciones. (más…)
El próximo 1 de noviembre se inicia el periodo para la presentación de la declaración informativa de operaciones vinculadas, modelo 232, correspondiente al ejercicio 2020, que finaliza el 30 de noviembre, para aquellas entidades que cerraron el ejercicio el pasado 31 de diciembre.
Las entidades obligadas, de acuerdo con la Orden HFP / 816/20174, de 28 de agosto, son los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que durante el ejercicio 2020 haya realizado las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas (en los términos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 27/2014):
o Operaciones con personas físicas que tributen en estimación objetiva que la participación individual o conjuntamente con sus familiares sea ≥25% del capital o fondos propios.
o Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en paraísos fiscales.
o Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles.
También estarán obligados a presentar el modelo 232 aquellos contribuyentes que hayan aplicado la reducción de las rentas precedentes de determinados activos intangibles, de acuerdo con el artículo 23 y la Disposición Transitoria 20ª de la Ley del Impuesto sobre Sociedades; así como los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.
Por otra parte, no existirá obligación de presentar la Declaración de operaciones vinculadas en: