El ámbito territorial de aplicación de la presente resolución es para la comunidad autónoma de Catalunya y la resolución entra plenamente en vigor el día 25 de junio de 2020, y continuará vigente mientras se mantenga activado el Plan de actuación del Plan Territorial de protección Civil de Catalunya (PROCICAT) para emergencias asociadas a enfermedades transmisibles emergentes con potencial alto riesgo. (más…)
El Decreto Ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo, modifica el contenido del artículo 7 del Decreto Ley 20/2020, de 24 de marzo, por el que hace referencia al plazo para formular y comunicar las cuentas anuales a la Intervención General y ponerlos a disposición de los responsables de la auditoría que quedaba suspendido durante el período en que se mantuviera el estado de alarma, concretando que la suspensión abarca hasta el día 1 de junio, en la línea de lo que ya se hizo en el ámbito estatal. (más…)
Con la finalización del estado de alarma aprobada por el Decreto 63/2020 de 18 de junio, y con efectos a partir del día 19 del mismo mes, quedan sin efecto en Cataluña las medidas derivadas de la misma, aunque siguen vigentes diversas medidas, como el mantenimiento de una distancia física interpersonal, que dificultan o impiden la concentración de números elevados de personas en un mismo espacio.
Como consecuencia, el Decreto Ley 26/2020, de 23 de junio, de medidas extraordinarias en materia sanitaria y administrativa, regula en su artículo 10, el mantenimiento de forma temporal y extraordinaria de diversas medidas de facilitar el funcionamiento y el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de las asociaciones y las fundaciones, así como también, de juntas de propietarios y en el ámbito de cooperativas. (más…)
El pasado sábado se publicó el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial (en adelante RDL 24/2020), que recoge entre otras cosas, las nuevas condiciones para extender los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (en adelante ERTE), las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo, el establecimiento de medidas para la protección de los trabajadores autónomos, el establecimiento de una prestación extraordinaria de cese de actividad cuyos destinatarios serán los trabajadores de temporada. (más…)
Con fecha 12 de junio se aprobó la Orden HAC / 565/2020, por la que se aprueban los modelos de la declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. La aprobación de los mencionados modelos no incorpora novedades significativas respecto al modelo de años anteriores, si bien el mismo se adapta a las particularidades introducidas como consecuencia de la aprobación de determinadas medidas para hacer frente a la crisis por la COVID-19.
En concreto, el modelo aprobado incorpora unas llaves ubicadas en la página 1 del modelo 200 denominadas «Declaración correspondiente al arte. 124.1 LIS sin aprobar las cuentas anuales «y» Nueva declaración arte. 12.2 Real Decreto-ley 19/2020 «; estas claves deberán utilizarse en el caso de aquellas entidades que presenten el Impuesto sobre Sociedades a pesar de no haber aprobado aún las cuentas anuales en el momento de la presentación del Impuesto.
Hay que recordar que el plazo para la presentación de la Declaración del Impuesto sobre Sociedades, regulados en el artículo 124 de la Ley del Impuesto, no se ha visto alterado por las medidas tributarias aprobadas para hacer frente a la crisis de la COVID-19, y en consecuencia deberá presentarse en el plazo de los 25 días transcurridos los 6 meses desde la finalización del ejercicio. Por tanto, en la mayoría de las empresas que cerraron el ejercicio el día 31 de diciembre de 2019, el plazo finalizará el próximo 27 de julio (pues el día 25 es sábado). (más…)
El Gobierno de la Generalitat ha aprobado el Decreto-ley 23/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria que complementan y concretan otras ya adoptadas con anterioridad y que afectan el pago de los tributos que gestiona la Generalidad de Catalunya.
Por un lado, se modifica el artículo 14 del Decreto-ley 7/2020, de 17 de marzo, y se amplía la moratoria en el plazo de pago de los impuestos que recauda la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC), más allá del levantamiento del estado de alarma -inicialmente previsto para el 21 de junio- hasta el 30 de junio de 2020; y, por otro, se fija el calendario para presentar las autoliquidaciones de los diferentes tributos, que se ha visto afectado por la aprobación del estado alarma y la suspensión temporal de los plazosde pago.
El objetivo de ambas medidas es dotar de seguridad jurídica al contribuyente a la hora de hacer frente nuevamente a sus obligaciones tributarias, una vez superadas las medidas excepcionales con motivo de la pandemia de la COVID-19.
El capítulo II del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, recoge el mantenimiento de determinadas medidas de prevención e higiene para prevenir los posibles riesgos que pudieran derivarse de la pérdida de vigencia automática de las medidas para la favorable evolución en el logro de los objetivos de contención de la pandemia del COVID-19, por la aparición de nuevos brotes epidemiológicos y nuevas cadenas de transmisión no identificadas.
Dentro de estas medidas de prevención se recogen las que deberán aplicarse en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones. (más…)
El Real Decreto-ley 21/2020, aprobado por el Consejo de Ministros del día 9 de junio, regula una serie de medidas para la detección precoz de la enfermedad y el control de las fuentes de infección y vigilancia epidemiológica, entre las que se incluye la calificación de la COVID-19 como una enfermedad de declaración obligatoria urgente y se da continuidad a una serie de obligaciones de recogida, tratamiento y remisión de información, de los datos de relevancia epidemiológica y sanitaria que sean pertinentes, así como al sistema establecido con los laboratorios para la recogida y remisión de información con el resultado de pruebas diagnósticas por PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa) en España como complemento al sistema de vigilancia individualizada de los casos de COVID-19. El artículo 27 del Real Decreto indicado establece las medidas para garantizar la salvaguarda de los derechos de protección de datos personales. (más…)
Dentro de las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos de la COVID- 19 (BOE 27 de mayo), se incluyen las siguientes en el ámbito tributario:
1. Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para los contribuyentes que se ajusten, para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio, a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Artículo 12 RD-ley 19/2020)
Si al término de este último plazo, las cuentas anuales no hubieran sido aprobados, la declaración se realizará con las cuentas anuales disponibles. (más…)
Ante la dificultad que suponen las medidas de confinamiento y de distancia social que han tenido que tomar los diferentes estados miembros de la Unión Europea para combatir la pandemia provocada por la COVID-19, el Reglamento UE 2020/699, del Consejo de 25 de mayo de 2020, ha ampliado hasta doce meses desde la fecha de cierre del ejercicio el plazo para que las juntas generales de las sociedades europeas (SE) y de las asambleas de las cooperativas europeas (SCE) puedan celebrar la reunión anual de aprobación de cuentas, con el límite máximo del 31 de diciembre de 2020.