Se prorroga durante el 2022 la posibilidad de que las entidades jurídicas desarrollen las reuniones de los órganos de gobierno por videollamada o conferencia telefónica

A finales del pasado mes de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el Decreto Ley 28/2021 de modificación del Decreto Ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente a el impacto sanitario, económico y social de la COVID-19, en el ámbito de las personas jurídicas de derecho privado sujetas a las disposiciones del derecho civil catalán.

La disposición final primera del referido Decreto Ley 28/2021, determina que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la posibilidad de que las entidades de derecho privado reguladas por el Código Civil de Cataluña prevean en la convocatoria de la junta general la asistencia de sus miembros a través de medios telemáticos como pueden ser la videollamada o la conferencia telefónica múltiple, aunque esta circunstancia no se encuentre expresamente prevista en los estatutos sociales. (más…)

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Se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la aplicación del tipo cero de IVA en la compra de material sanitario para combatir la COVID -19

En el BOE del 22 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, en el que, entre otras medidas tributarias:

  • Se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la aplicación de un tipo cero del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuando los destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro, o bien centros hospitalarios.
  • Asimismo, se mantiene hasta el 30 de junio de 2022 la aplicación del tipo reducido del 4% de IVA en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables.

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La comisión europea recomienda a sus miembros trasladar a ejercicios anteriores las pérdidas fiscales por COVID-19

El Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 20 de mayo publicaba la Recomendación (UE) 2021/801 de la Comisión de 18 de mayo de 2021, sobre el tratamiento fiscal de las pérdidas incurridas durante la crisis de la COVID-19.

En dicha recomendación, la Comisión europea, atendiendo a las circunstancias excepcionales de los años 2020 y 2021 derivadas de la pandemia de COVID-19, insta a los Estados miembros a permitir trasladar las pérdidas obtenidas por las empresas, como mínimo, el ejercicio fiscal anterior (2019), ampliable a tres ejercicios fiscales anteriores, por lo que las empresas pudieran compensar sus pérdidas correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021 con los beneficios ya grabados en los ejercicios de 2019, 2018 y 2017. (más…)

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Suspensión de la causa de disolución por pérdidas

La Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, recoge dentro del capítulo II dos normas que intentan atenuar temporal y, excepcionalmente, las consecuencias que tendría la aplicación en la actual situación de las normas generales sobre disolución de sociedades de capital y sobre declaración de concurso, de forma que se permita a las sociedades ganar tiempo para poder reestructurar su deuda, conseguir liquidez y compensar pérdidas, ya sea ​​por recuperación de su actividad o para el acceso al crédito o ayudas públicas. (más…)

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Aplazamiento especial de liquidaciones tributarias del primer trimestre 2021

La disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, establece una nueva regulación del aplazamiento especial para el pago de impuestos periódicos correspondientes al mes de marzo y en el primer trimestre del ejercicio 2021, que ya fue aprobado por el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre. La principal modificación es la ampliación de la carencia de intereses de 4 meses, en lugar de los 3 meses inicialmente previstos.

Las condiciones de este aplazamiento extraordinario son las siguientes:

  • Pueden solicitar el aplazamiento extraordinario las personas físicas que realicen actividades empresariales o profesionales y las entidades jurídicas con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en 2020.
  • Período aplazable: Las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones que el período de presentación o ingreso esté comprendido entre el 1 y el 30 de abril (liquidaciones periódicas del mes de marzo y del primer trimestre de 2021)
  • Impuestos aplazables: retenciones e ingresos a cuenta (modelos 111. 115, 123, 216, …), el Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 303) y los pagos fraccionados a cuenta del IRPF (modelo 130) y del Impuesto de sociedades (modelos 202 y 222)
  • Condiciones del aplazamiento:

o Importe máximo aplazable: 30.000 euros (incluyendo todos los aplazamientos otorgados o solicitados sin garantía, pendientes de pago)

o Garantía: no se exige

o Plazo: 6 meses

o No se devengarán intereses durante los 4 primeros meses de aplazamiento

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Nuevo plan de ayudas COVID para los colectivos más afectados por la pandemia

1. Ayudas para personas trabajadoras autónomas

La ayuda será de 2.000 euros por trabajador autónomo y lo recibirán todos aquellas personas que lo soliciten y cumplan los requisitos. La estimación que hace el Gobierno es de un presupuesto de 280 millones de euros, con lo que se beneficiarían unos 140.000 trabajadores autónomos.

La ayuda está dirigido a personas trabajadoras autónomas individuales o de hasta 5 trabajadores contratados, que:

– Tengan una base imponible del IRPF del 2019 igual o inferior a 35.000 euros / año

– Y un rendimiento neto del año 2020 igual o inferior a 17.500 euros

(Son los mismos requisitos que en las dos convocatorias anteriores y podrán acceder aquellas personas que ya lo recibieron y aquellas que quizás entonces no cumplían con los requisitos, pero ahora sí)

El procedimiento para solicitar la ayuda será el mismo que en diciembre: a partir del registro a una nueva base de datos de trabajadores autónomos. Sólo será necesario cumplir con los requisitos para poder registrarse en la base de datos y se accederá a la ayuda directamente.

2. Una ayuda nuevo y directo a las personas trabajadoras en situación de ERTE

Se pone en marcha una nueva línea de ayudas directas para trabajadores de cualquier sector que se encuentren en situación de ERTE.

En este caso se destinará un presupuesto de 105 millones de euros, con la previsión de llegar a aproximadamente 175.000 personas. El importe será de un mínimo de 600 euros por beneficiario, pero esta cuestión se acabará de concretar con los agentes sociales.

3. Una ayuda nuevo para la formación de personas trabajadoras también en situación de ERTE

Esta ayuda va dirigido a personas trabajadoras que se encuentran en situación de ERTE, priorizando los sectores más afectados. El objetivo es reconocer la experiencia laboral de esta trabajadores y ayudar en su posible reorientación y recalificación.

Se destinará a las ayudas a la formación 25 millones de euros y se prevé beneficiar a unos 10.000 trabajadores en situación de ERTE.

El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias impulsará un programa mixto de orientación y formación para las personas trabajadoras, con el fin de acreditar sus competencias o hacer un itinerario formativo de formación acreditable. Este programa estará gestionado por el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña y se acabará de diseñar con los agentes económicos y sociales.

4. Ayudas para pequeñas y microempresas en ERTE dirigidas a mantener los puestos de trabajo

El Gobierno, a través del Departamento de Empresa y Conocimiento, destinará 208 millones de euros a micro y pequeñas empresas con trabajadores en situación de ERTE. En concreto, se podrán acoger las empresas de menos de 50 trabajadores con una facturación de hasta 10 millones de euros anuales que tengan trabajadores en situación de ERTE a fecha 31 de diciembre de 2020.

La ayuda consistirá en 2.000 euros por trabajador a jornada completa en situación de ERTE con un máximo de 30.000 euros por empresa.

Para acogerse a las ayudas, la empresa deberá comprometerse a mantener la contratación de los trabajadores hasta el 31 de diciembre de 2021, y en caso de incumplimiento perderá la totalidad de la subvención.

Según ha indicado el consejero, «la voluntad del Gobierno es activar esta línea lo antes posible». Para agilizar el proceso, se hará un registro previo de todas las empresas solicitantes. Para recibir la ayuda los solicitantes sólo tendrán que hacer un certificado de autorresponsabilidad y el control administrativo del cumplimiento de los requisitos se hará a posteriori, una vez hecho el pago.

Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y / o privadas ya solicitados o que se puedan poner en marcha en un futuro.

 

Os recordamos que todas estas líneas de ayuda están aún pendientes de publicación y, por tanto, se desconocen los detalles de la convocatoria.

Si estáis interesados ​​en solicitar alguna de estas líneas nos podés escribir un e-mail a faura-casas@faura-casas.com y cuando se publiquen os pondremos en contacto con Inigest para iniciar el trámite de solicitud.

www.inigest.com

 

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Agentes sociales y Gobierno acuerdan prorrogar los ERTE hasta el 31 de mayo

El Gobierno ha llegado a un nuevo acuerdo con los agentes sociales para prorrogar los ERTE desde el 1 de febrero hasta el 31 de mayo, en condiciones similares a las existentes hasta ahora.

El acuerdo contempla la prórroga de todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) basados en causas relacionadas con la COVID 19.

Dentro de estos ERTE, se reconocen de nuevo exoneraciones a empresas que sean titulares de estos y pertenezcan a sectores con una elevada tasa de cobertura por el expediente y una reducida tasa de recuperación de actividad, si bien se utilizan criterios objetivos más generosos para determinar estos sectores, lo que da lugar a la incorporación de nuevos CNAE, que implican que se proteja a empresas que dan empleo a casi 50.000 personas trabajadoras más. (más…)

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La Cecot otorga a la Unión Catalana de Hospitales el único Reconocimiento al Progreso Empresarial 2020

El pasado jueves día 19 de noviembre La Unión recibió el Reconocimiento CECOT al Progreso empresarial. Enric Mangas, presidente de La Unión, recogió el galardón de manos del presidente de la Cecot, Antoni Abad.

Este reconocimiento pone en valor que el conjunto de los asociados ha sido capaz de hacer frente a la pandemia sanitaria y de situar el sector en la clave de la recuperación económica con una gran calidad profesional y sobre todo humana.

https://vimeo.com/481303509

 

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La suspensión de las reglas fiscales y su efecto en las compras públicas

Desde el 20 de octubre de 2020 quedan suspendidas las reglas fiscales, con una clara incidencia en los presupuestos de las Entidades del Sector Público como medida extraordinaria para hacer frente a la crisis de la Covidien-19, dejando sin efectos los objetivos de estabilidad y de deuda pública y no aplicándose la regla de gasto en los años 2020 y 2021.

La suspensión de las reglas fiscales ha supuesto, entre otras, que el superávit municipal (en las Entidades Locales) no tenga que dedicarse a amortizar deuda, a pesar de ser posible realizar esta amortización si la entidad local lo considera conveniente. También, y al no ser aplicable la regla general, tampoco es necesaria la regla especial de destinar el superávit municipal inversiones financieramente sostenibles, salvo las excepciones o norma posterior que prorrogue íntegramente la DA 6ª de la LOEPSF. (más…)

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Prórroga para la aplicación del tipo cero de IVA en la compra de material sanitario para combatir la COVID-19

El BOE ha publicado el Real Decreto-ley 34/2020 que, entre otras medidas fiscales, prorroga desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 30 de abril de 2021, la aplicación del tipo 0 del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19, cuando los destinatarios sean entidades de Derecho público, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social.

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