Los que nos dedicamos al asesoramiento legal a menudo tenemos que explicar por qué existe la necesidad de tener una normativa en materia de protección de datos, con toda la carga que implica de obligaciones, conceptos jurídicos y sanciones. Esta necesidad legal se explica de forma comprensible por la necesidad de garantizar el derecho a la intimidad personal, de modo que la persona pueda tener siempre un control sobre sus datos de carácter personal y evitar que se haga un mal uso. Y eso pasa, inevitablemente, por el establecimiento de obligaciones a las organizaciones que recogen y tratan datos.
Imaginemos ahora que este control que la normativa reconoce a las personas no se haya de articular a través de un procedimiento de ejercicio de derechos, que puede tardar más de un mes en resolverse; imaginamos, por ejemplo, que la persona no tenga que hacer una solicitud para verificar, rectificar sus datos o suprimirlas en sus relaciones con una determinada organización o administración pública, sino que pueda ejercer este control sin que esta organización haya de recibir su solicitud ni contestarla. Imaginemos que la persona puede ejercer un control directo sobre sus propios datos, con quien compartirlas y de qué manera, con garantías de seguridad y legalidad. No necesitamos imaginar mucho más, porque esto es lo que plantea el modelo de identidad digital autogestionada que acaba de presentar la Generalidat de Catalunya, llamado IdentiCAT, el primero impulsado desde el sector público en Europa.