El pasado 10 de septiembre, el Congreso de los diputados acordó la derogación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras de carácter extraordinario y urgente aplicación a las entidades locales.
Como consecuencia, a partir del 11 de septiembre, ha quedado sin efectos la aplicación del tipo 0 del Impuesto sobre el Valor Añadido a la entrega, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19, cuando los destinatarios sean entidades de derecho público, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social a las que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, que el Real Decreto-ley ahora derogado prorrogó hasta el 31 de octubre de 2020.