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Avanzando con la inteligencia artificial en la UE

A pesar de la presión coordinada llevada a cabo para retrasar la aplicación del Reglamento (UE) 2024/1689, de 13 de junio, en materia de inteligencia artificial (RIA) por parte de más de 100 empresas tecnológicas (entre las que figuran Google y Meta), la Comisión Europea se mantiene firme, y el 4 de julio manifestó de forma contundente “There is no stop the clock. There is no grace period. There is no pause”.

En efecto, después de meses de intensas negociaciones, la Comisión recibió el pasado 10 de julio la versión final del Código de buenas prácticas de IA de uso general, una herramienta voluntaria desarrollada por trece expertos independientes, con aportaciones de más de 1.000 partes interesadas, incluidos proveedores de modelos, pequeñas y medianas empresas, académicos, expertos en seguridad de la inteligencia artificial (IA), titulares de derechos y organizaciones de la sociedad civil.

El Código está diseñado para ayudar a la industria a cumplir las normas sobre IA de uso general del RIA, que entrarán en vigor el 2 de agosto de 2025. Las normas pasan a ser ejecutables por la Oficina de IA de la Comisión un año después en lo que respecta a los nuevos modelos y dos años después en lo que respecta a los modelos existentes. Con ello se pretende garantizar que los modelos de IA de uso general introducidos en el mercado europeo sean seguros y transparentes.

El Código consta de tres capítulos: Transparencia y derechos de autor (art. 53 RIA), ambos dirigidos a todos los proveedores de modelos de IA de uso general, y seguridad y protección (art. 55 RIA), pertinentes solo para un número limitado de proveedores de los modelos más avanzados.

  • El capítulo de transparencia del Código ofrece un modelo de formulario que permite a los proveedores documentar fácilmente la información técnica necesaria en un solo lugar e incluye atributos de metadatos como tiempo de entrenamiento y cálculo, consumo de energía y métodos de recopilación y conservación de datos.
  • El capítulo sobre derechos de autor del Código ofrece a los proveedores soluciones prácticas para establecer una política que cumpla la legislación de la UE en esta materia, con detalle de licencias y excepciones de minería de texto y datos (TDM) tanto para origen de datos (upstream) como para uso final (downstream).
  • Algunos modelos de IA de uso general podrían conllevar riesgos sistémicos (FLOPS >10^25), como riesgos para los derechos fundamentales y la seguridad, incluida la reducción de las barreras para el desarrollo de armas químicas o biológicas, o riesgos relacionados con la pérdida de control sobre el modelo. El capítulo sobre seguridad y protección contiene las prácticas más avanzadas pertinentes para la gestión del riesgo sistémico con obligaciones de evaluación, de mitigación de riesgos, reporte de incidentes graves y medidas de ciberseguridad.

Una vez que el Código sea refrendado por los Estados miembros y la Comisión, los proveedores de modelos de IA de uso general que lo firmen voluntariamente podrán demostrar el cumplimiento de las obligaciones pertinentes del RIA adhiriéndose al Código. Al hacerlo, los signatarios del Código se beneficiarán de una menor carga administrativa y una mayor seguridad jurídica en comparación con los proveedores que demuestren el cumplimiento de otras maneras.

El Código se complementará con directrices de la Comisión sobre la IA de uso general que se publicarán antes de la entrada en vigor de las obligaciones en materia de IA de uso general. Las directrices aclararán quién está dentro y fuera del ámbito de aplicación de las normas de IA de uso general del RIA. 

El avance de la IA en la UE es imparable. Desde febrero de 2025 ya aplican las prohibiciones de prácticas ilegales y la alfabetización obligatoria en IA para proveedores. Y ahora, ¿cuáles son los siguientes pasos en el calendario?

  • Tal y como se ha expuesto antes, a partir de agosto de 2025, los modelos de IA de uso general, incluidos los modelos fundacionales, los sistemas basados en API y los desarrollos de código abierto, han de cumplir con el nuevo marco regulador de la UE.
  • En agosto de 2026 serán de aplicación obligaciones de sistemas de alto riesgo en sectores como salud, recursos humanos, educación y finanzas.

Y ante este escenario, son muchas las organizaciones que todavía: operan sin auditar los modelos de IA, usan modelos entrenados con datos opacos o no conformes, no tienen establecidas estructuras de gobernanza para la propiedad, explicabilidad o seguimiento del modelo, despliegan la IA sin supervisión legal ni responsabilidad formal, …

Frente a esto, hay que recordar que el RIA no solo regula el uso, sino que vincula el liderazgo del riesgo mediante documentación, registro y mecanismos de aplicación. Bastante similar a los requerimientos que derivan del RGPD pero de forma más profunda, ya que esta vez, el sistema está tomando decisiones.

Equipo Servicios Jurídicos

 

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