El Salario Mínimo Interprofesional de 2025: Aumento del 4,4% y nueva tributación

El 11 de febrero de 2025, el Consejo de ministros aprobó un incremento del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), situándolo en 1.184 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 euros brutos anuales.

Esta medida, que tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, beneficiará a más de 2,5 millones de trabajadores, especialmente mujeres y jóvenes.

No obstante, por primera vez, este incremento del SMI estará sujeto a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que reducirá los ingresos netos de muchos trabajadores.

Esta decisión ha generado críticas, ya que se considera que no sigue una lógica progresista y de justicia fiscal. Se destaca la necesidad de ajustar el IRPF para evitar que los perceptores del SMI soporten una carga impositiva excesiva, especialmente en comparación con las rentas del capital e inmobiliarias, que disfrutan de menores impuestos.

En Cataluña, la UGT ha informado que esta subida beneficiará a 380.000 trabajadores catalanes.

Sin embargo, la tributación del SMI podría afectar negativamente los ingresos netos de estos trabajadores.

En resumen, mientras que el incremento del SMI para 2025 representa una mejora salarial significativa para muchos trabajadores, su sujeción a tributación fiscal plantea desafíos adicionales que podrían minimizar el impacto positivo esperado en los ingresos netos de los trabajadores con salarios más bajos.

Facebooktwittergoogle_pluslinkedinmail

La Comisión Europea denuncia a España ante el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) por la adaptación incorrecta de la normativa comunitaria sobre contratación pública

La divergencia se basa en la transposición de las tres directivas europeas de “cuarta generación” en materia de contratación pública (2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE, de 26 de febrero de 2014), relacionadas con contratación pública, sectores especiales y la adjudicación de contratos de concesión.

«España aún no ha introducido los cambios necesarios en su legislación para hacerla compatible con todas las obligaciones derivadas del derecho de la UE», explica la Comisión Europea, subrayando cuestiones como “qué tipos de autoridades, contratos y modificaciones de contratos deben seguir las normas de contratación pública”. Además, recalca que “los esfuerzos realizados por las autoridades españolas han sido insuficientes hasta el momento”, lo que ha llevado a recurrir finalmente al TJUE.

Tras la transposición de las directivas y el correspondiente control de cumplimiento, en diciembre de 2021 la Comisión envió a España una “carta de emplazamiento”. Más tarde, en abril de 2024, emitió un dictamen motivado exponiendo su postura y concediendo un plazo de dos meses para resolver los problemas detectados. Ante la falta de avances, el caso ha sido llevado finalmente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en diciembre de 2024.

Facebooktwittergoogle_pluslinkedinmail

Aquest lloc web utilitza cookies pròpies i de tercers per obtenir informació dels seus hàbits de cerca i intentar millorar la qualitat dels nostres serveis i de la navegació pel nostre lloc web. Si està d’acord fes click a ACCEPTAR o segueixi navegant. Més informació. aquí.

ACEPTAR
Aviso de cookies