Estatuto de los Trabajadores

Para el 2021, se igualará entre progenitores la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento de hijo o hija

El artículo 2 del Real Decreto-ley 6/2019 modificó el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, estableciendo que el nacimiento de hijo o hija suspende el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto (adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento), que habrán de disfrutarse a jornada completa. (más…)

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