La Ley de Contratos del Sector Público incluye la prohibición de contratar con empresas de 50 o más trabajadores sin plan de igualdad

El pasado mes de diciembre se publicó en el BOE la Ley 31/2022 de presupuestos generales del estado para el año 2023 (LGPE 2023), que incluyó diversas modificaciones en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP).

Una de estas modificaciones está directamente relacionada con la obligación de disponer de un plan de igualdad. Hasta ahora, se establecía la prohibición en el marco de los contratos del sector público de contratar empresas licitadoras de 250 o más trabajadores que no dispusieran de plan de igualdad. Pues bien, con la nueva redacción, en vigor desde el 1 de enero de 2023, se reduce el umbral en cuanto a número de trabajadores, estableciendo que no se podrá contratar con empresas de 50 o más trabajadores que no dispongan de plan de igualdad.

Resultando la redacción final del artículo 71.1 apartado d) de la LCSP, según la Disposición Final 27a de la LPGE 2023:

«d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2% de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.»

Se puede consultar el texto completo de la LPGE 2023 en:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128

 

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El registro retributivo obligatorio

El próximo día 12 de abril entra en vigor la disposición final 4ª del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres estableciendo la obligatoriedad de que las empresas cuenten con un registro retributivo, que incluya la información salarial de la plantilla completa, y que deberá adaptarse al Real Decreto 902/2020. (más…)

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