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Novedad sobre moratoria. Instituciones hospitalarias

EL pasado 17 de mayo de 2021 se implementó en la oficina virtual del sistema Red la opción de solicitud de ampliación de la moratoria para instituciones hospitalarias.

Origen de la moratoria

El origen de la deuda se debe a los problemas de financiación para apuntalar el sistema sanitario durante la década de los 80 y parte de la de los 90. Durante años, frente a la precariedad de sus cuentas, los responsables sanitarios prefirieron priorizar los pagos a sus empleados y a proveedores que a las obligaciones con la Seguridad Social

El Gobierno implantó con la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, una moratoria para ese agujero y la condonación de los recargos e intereses. A cambio, se aseguraba los pagos anuales de los siguientes ejercicios. El aplazamiento, que tenía un periodo de diez años, se ha ido prorrogando a cada nuevo presupuesto.

¿A quién va dirigido?

A las instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 y que pretendan solicitar la ampliación de la carencia y la moratoria que tengan concedidas siempre que así lo haya recogido la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho año o, en su defecto, una disposición con rango legal que así lo prevea.

La Disposición adicional sexagésima cuarta de los Presupuestos Generales del Estado para 2021, hace referencia a la prórroga de la moratoria, en la que se establece la posibilidad para las entidades citadas anteriormente de solicitar la ampliación de la carencia concedida a veintisiete años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.

Ahora, a través del servicio Online de la página web de la Tesorería General de la Seguridad Social se simplifica el proceso para solicitar la ampliación de dicha moratoria prevista en los últimos Presupuestos Generales del Estado aprobados para el año 2021.

Forma de solicitarlo

 A través de la página Web de la Seguridad Social, acreditando la identificación mediante certificado digital de la entidad, se realiza una solicitud mediante registro electrónico, solicitando la ampliación de la moratoria, en la que únicamente será necesario adjuntar:

  •  Número de expediente de la moratoria concedida
  • Beneficiario de la moratoria (Razón social, NIF y CCC).
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