julio 22, 2019 Nuestra opinión Autor: Tomàs Villarroya Moreno
Las legislaciones nacionales europeas vienen posibilitando a las personas perceptoras de pensión de jubilación la continuación de una actividad profesional, especialmente a tiempo parcial, así como también la posibilidad de constituirse en trabajadores por cuenta propia.
En igual sentido, la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo recomienda que «hay que introducir esquemas de mayor permeabilidad y convivencia entre la vida activa y pasiva, que permitan e incrementen la coexistencia de salario y pensión» y que «resulta adecuada en la misma línea que otros países de nuestro ámbito, una mayor compatibilidad entre percepción de la pensión y percepción del salario por actividad laboral”.
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