El Real Decreto-ley 21/2020, aprobado por el Consejo de Ministros del día 9 de junio, regula una serie de medidas para la detección precoz de la enfermedad y el control de las fuentes de infección y vigilancia epidemiológica, entre las que se incluye la calificación de la COVID-19 como una enfermedad de declaración obligatoria urgente y se da continuidad a una serie de obligaciones de recogida, tratamiento y remisión de información, de los datos de relevancia epidemiológica y sanitaria que sean pertinentes, así como al sistema establecido con los laboratorios para la recogida y remisión de información con el resultado de pruebas diagnósticas por PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa) en España como complemento al sistema de vigilancia individualizada de los casos de COVID-19. El artículo 27 del Real Decreto indicado establece las medidas para garantizar la salvaguarda de los derechos de protección de datos personales. (más…)