El 11 de febrero de 2025, el Consejo de ministros aprobó un incremento del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), situándolo en 1.184 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas, lo que equivale a 16.576 euros brutos anuales.
Esta medida, que tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, beneficiará a más de 2,5 millones de trabajadores, especialmente mujeres y jóvenes.
No obstante, por primera vez, este incremento del SMI estará sujeto a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que reducirá los ingresos netos de muchos trabajadores.
Esta decisión ha generado críticas, ya que se considera que no sigue una lógica progresista y de justicia fiscal. Se destaca la necesidad de ajustar el IRPF para evitar que los perceptores del SMI soporten una carga impositiva excesiva, especialmente en comparación con las rentas del capital e inmobiliarias, que disfrutan de menores impuestos.
En Cataluña, la UGT ha informado que esta subida beneficiará a 380.000 trabajadores catalanes.
Sin embargo, la tributación del SMI podría afectar negativamente los ingresos netos de estos trabajadores.
En resumen, mientras que el incremento del SMI para 2025 representa una mejora salarial significativa para muchos trabajadores, su sujeción a tributación fiscal plantea desafíos adicionales que podrían minimizar el impacto positivo esperado en los ingresos netos de los trabajadores con salarios más bajos.
El pasado 29 de septiembre, la Ministra de Hacienda anuncio un paquete de medidas fiscales aplicables para el año 2023 ), que se incorporaran en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 o en leyes que permitan su puesta en marcha el próximo año.
Estas medidas son:
Creación de un Impuesto de Solidaridad de las grandes fortunas que afectará a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros.
Para evitar la doble imposición los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributaran por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su Comunidad Autónoma. (más…)