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Ley 2/2023 de protección del “informante” y el canal de denuncias a implementar en las entidades del sector público

Se prevé la obligación para todo el sector público de implementar un canal interno de denuncias. Todos los poderes adjudicadores, independientemente de su tamaño, deberán contar con este canal de denuncias.

De la normativa reguladora resulta reseñable poner de manifiesto:

  • Se deberá garantizar la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación y de las actuaciones que se desarrollen.
  • En el caso de existir diferentes canales internos de denuncia, estos deberán integrarse y estar disponibles de manera unificada en la página principal de la entidad.
  • Debe existir un procedimiento de gestión de las informaciones recibidas
  • Se impone la obligación de realizar consulta previa con los sindicatos y representación legal de los trabajadores (empleados públicos).
  • El órgano de administración o de gobierno tendrá la condición de responsable del tratamiento de los datos personales que sean objeto de tratamiento durante las denuncias.

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Perspectiva de género en los contratos públicos

Es clave para garantizar la perspectiva de género en la contratación pública, que desde los poderes públicos de Cataluña se vele por aplicar en todas las etapas del procedimiento de contratación, los cambios necesarios para evitar perpetuar desigualdades que afecten al colectivo femenino. (más…)

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