El Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña ha dictado la sentencia SJSO 2400/2025, en la que valida el uso de un sistema de huella dactilar para controlar el acceso y registrar la jornada laboral en un hospital privado. La resolución ha generado debate porque se aleja del posicionamiento tradicional de las autoridades de protección de datos, que siempre han considerado muy restringido el uso de tecnologías biométricas en el ámbito laboral.
Hasta ahora, tanto la AEPD como la Comisión Europea han mantenido una línea clara: los datos biométricos son datos especialmente protegidos y, salvo en situaciones muy concretas, no pueden utilizarse para controlar la jornada laboral. El artículo 9.1 del RGPD prohíbe el tratamiento de este tipo de datos salvo que se aplique alguna de las excepciones del artículo 9.2, y la mayoría de estas excepciones no encajan en un fichaje convencional. Además, la AEPD recuerda que el consentimiento de los trabajadores no es válido en estos casos porque no es un consentimiento libre en una relación laboral.
La sentencia introduce un cambio de perspectiva bastante significativo. El juzgado argumenta que, en un hospital, el uso de biometría puede ampararse en el artículo 9.2.i del RGPD, que permite tratar datos de categoría especial cuando existen razones de interés público en el ámbito de la salud pública. Según este criterio, el correcto funcionamiento del centro, la seguridad de pacientes y profesionales y la protección frente a posibles riesgos sanitarios podrían justificar el sistema.
Para llegar a esta conclusión, el juzgado destaca varios elementos:
La sentencia también menciona el nuevo Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (AI Act), y sugiere que la verificación biométrica presencial presenta un riesgo bajo. Este punto, sin embargo, es discutible: el AI Act no clasifica automáticamente estos sistemas como de “bajo riesgo” y se centra sobre todo en la regulación de la identificación remota y otras prácticas de alto riesgo.
Pese a la solidez técnica del sistema analizado, la interpretación jurídica del juzgado presenta algunos elementos que suscitan dudas:
Esta resolución pone sobre la mesa un debate importante sobre cómo deberían utilizarse los sistemas biométricos en hospitales, que son entornos especialmente sensibles. El tribunal considera que, si se adoptan medidas de seguridad sólidas y se realiza un análisis de riesgos bien fundamentado, el uso de este tipo de tecnología puede llegar a ser proporcional en un contexto en el que la seguridad asistencial es prioritaria. Aun así, la decisión también genera incertidumbre, porque se aleja del criterio que hasta ahora habían defendido las autoridades de protección de datos. En cualquier caso, la sentencia todavía no es definitiva y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por lo que habrá que estar atentos a la evolución de esta cuestión.