El pasado 5 de diciembre de 2025 se publicó la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de movilidad sostenible, que prevé la obligación de las empresas y entidades que pertenecen al sector público, y que tengan una plantilla de más de 200 personas trabajadoras por centro de trabajo (o 100 por turno de trabajo), a implementar un plan de movilidad.
Estos plantes deben ser objeto de seguimiento para evaluar su implementación y deben ser objeto de negociación con la representación legal de las personas trabajadoras (o, en su defecto, la comisión que se constituya integrada por los sindicatos más representativos, o aquellos legitimados para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector).
En este sentido, se ha incluido un apartado en el artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores previendo el deber de negociar medidas para promover la elaboración de los planes de movilidad en el marco de la negociación de los convenios colectivos.
En cuanto a su contenido, los planes de movilidad deben impulsar la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa, soluciones para facilitar el uso y recarga de vehículos cero emisiones, el teletrabajo en los casos en los que sea posible, entre otros; todo ello en relación tanto de personas trabajadoras como de visitantes, proveedores y personas que requieran acceder al centro de trabajo.
Asimismo, en centros «de alta ocupación», considerados aquellos que cuenten con más de 1.000 personas trabajadoras y estén situados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes, habrá que incluir medidas que permitan reducir la movilidad en horas punta o durante la jornada laboral y promover así el uso de medios de transporte de bajas o cero. activa incluyendo herramientas para facilitar la recarga pública o privada de este tipo de medios de transporte.
Con el fin de conseguir todo esto, las empresas y entidades pertenecientes al sector público podrán ofrecer a sus plantillas tarjetas de transporte tramitadas a través de una empresa emisora de vales de transporte.
Por último, la propia ley contempla sanciones para el caso de no elaborar en plazo (antes del 5 de diciembre de 2027) el plan de movilidad, cuando este hecho produce un perjuicio por el sistema de movilidad.
Artículo publicado en el Boletín informativo del Bufet Vallbé (diciembre 2025)
La gestión de los proyectos financiados a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) sigue siendo un reto relevante para las administraciones públicas, que deben operar en un entorno caracterizado por una elevada exigencia normativa y una cultura de control orientada al resultado. Este modelo de gestión obliga a integrar en el día a día una metodología basada en la trazabilidad, la transparencia y la evidencia documental, con procedimientos muy concretos que garantizan que los recursos europeos se utilicen de forma eficiente y conforme a los criterios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Una de las piezas centrales de este sistema es el seguimiento de metas y objetivos, que debe quedar registrado y validado mediante la plataforma CoFFEE, la herramienta oficial que permite monitorizar la ejecución y asegurar que cada actuación avanza en la dirección acordada. Esta digitalización del seguimiento ha supuesto un importante cambio en la cultura administrativa, ya que requiere introducir datos de forma sistemática, acreditar evidencias y mantener actualizado el estado de cada proyecto. La vinculación entre financiación y cumplimiento objetivable hace que CoFFEE sea un mecanismo de control esencial y, al mismo tiempo, un instrumento que refuerza la planificación estratégica interna.
A esta dimensión de seguimiento se le suma la exigencia de cumplir con los criterios de contribución verde y digital, que obligan a justificar de forma precisa cómo cada actuación participa en las transiciones ecológica y tecnológica. Este etiquetado, aparentemente formal, determina una parte substancial de la elegibilidad de los gastos y condiciona la redacción inicial de los proyectos. Las modificaciones que puedan alterar este impacto deben revisarse cuidadosamente para evitar desajustes con los compromisos adquiridos.
Otro de los requisitos que vertebra el sistema es el cumplimiento del principio de no causar perjuicios significativos al medio ambiente, conocido como DNSH. Esta condición, que se aplica a todos los proyectos financiados con fondos MRR, obliga a incorporar evaluaciones ambientales, declaraciones responsables y documentación justificativa que permita acreditar que las actuaciones no comprometen a los objetivos de sostenibilidad fijados por la Unión Europea. Este enfoque acompaña a las entidades ejecutoras durante todo el ciclo de vida del proyecto y se extiende igualmente a contratistas y subcontratistas.
La integridad en la gestión se refuerza mediante la aplicación del Plan de medidas antifraude y las declaraciones de ausencia de conflicto de interés, que deben verificarse a través de la plataforma MINERVA, una herramienta que analiza posibles vínculos entre responsables públicos y operadores económicos. MINERVA se ha convertido en un filtro imprescindible para asegurar que no existen conflictos que puedan comprometer la imparcialidad del procedimiento y, al mismo tiempo, representa un instrumento preventivo que contribuye a reforzar la confianza en la gestión de los recursos públicos.
Este conjunto de requisitos se completa con obligaciones estrictas de trazabilidad financiera, incluyendo la identificación de los perceptores finales, la comprobación de los titulares reales y la prevención de la doble financiación.
En definitiva, la gestión de los fondos MRR requiere una planificación esmerada, una documentación exhaustiva y una cultura organizativa orientada al resultado y la transparencia. Es un modelo exigente, pero, al mismo tiempo, una oportunidad para que las administraciones refuercen su capacidad de gestión y consoliden prácticas que pueden perdurar más allá del marco temporal del Plan de Recuperación.
La consulta pública de la Comisión Europea revela carencias en flexibilidad, acceso al mercado y resiliencia de las Directivas vigentes, y apunta a la necesidad de una reforma que simplifique los procedimientos, refuerce los objetivos estratégicos y adapte el sistema a los nuevos retos económicos y sociales.
Durante el mes de mayo de 2025, la Comisión Europea publicó el informe de resultados de la consulta pública sobre la evaluación de las Directivas de Contratación Pública de 2014. Con la participación de 733 respuestas provenientes de agentes públicos, privados y de la sociedad civil, el informe ofrece una visión crítica y reflexiva sobre los logros y las carencias del marco actual. Como jurista especializado en contratación pública, estas conclusiones invitan a reflexionar sobre el presente y el futuro de la regulación en este ámbito clave para el funcionamiento del mercado interior europeo.
Uno de los aspectos más destacados es la percepción generalizada de que las Directivas no han alcanzado los objetivos de flexibilidad y simplificación normativa: el 54 % de los participantes considera que no se han establecido normas más sencillas, y el 49 % cree que el sistema sigue siendo poco flexible. Sin embargo, se valora positivamente la digitalización, especialmente por parte del sector privado, donde el 57 % de las empresas afirma que la contratación electrónica (eProcurement) ha reducido la carga administrativa y ha agilizado los procedimientos.
En cuanto a la integridad y la transparencia, la valoración es más favorable: un 62 % reconoce que las Directivas han incrementado la transparencia gracias a la estandarización de la publicidad de los procedimientos. No obstante, solo un 38 % percibe que se haya reducido la corrupción, lo que sugiere que todavía queda margen para reforzar los controles y la supervisión.
El acceso al mercado, especialmente para las pymes, sigue siendo un desafío. El 46 % de los encuestados no observa un aumento de la competencia como consecuencia del marco actual.
Cabe destacar también el componente estratégico de la contratación pública, uno de los grandes ejes de las Directivas de 2014. Aunque los poderes adjudicadores afirman haber incorporado criterios ambientales, sociales y de innovación, los operadores privados discrepan: más del 50 % considera que las Directivas no han fomentado activamente estas prácticas. Paralelamente, cerca de un tercio de los encuestados cuestiona la relevancia actual de estas normas, lo que refleja una desconexión entre el marco jurídico y las capacidades reales de los operadores económicos para adaptarse a él.
Los retos relacionados con la resiliencia, como la respuesta a crisis sanitarias o de seguridad, ponen de manifiesto las limitaciones estructurales del modelo actual: el 49 % considera que las Directivas no están preparadas para contribuir eficazmente a la autonomía estratégica de la UE, y el 44 % duda de su adecuación para afrontar disrupciones en las cadenas de suministro.
Estas conclusiones reflejan una tensión entre los principios rectores de la contratación pública y la creciente presión para que esta cumpla objetivos estratégicos, sociales y ambientales, lo que plantea la necesidad de una revisión normativa que aborde una simplificación real y efectiva del régimen jurídico (especialmente en los procedimientos de menor valor y en la aplicación de criterios cualitativos), el refuerzo de las capacidades técnicas y digitales tanto en las administraciones como en los operadores económicos y la adecuación del marco normativo a los contextos de emergencia, que permitan garantizar el interés general sin sacrificar la legalidad.
El 21 de mayo de 2025, la Comisión Europea presentó el cuarto paquete de simplificación legislativa, conocido como «Omnibus IV», con el objetivo de reducir las cargas administrativas para las empresas medianas de la Unión Europea. Estas medidas buscan fomentar la competitividad, la innovación y la creación de empleo, especialmente en un contexto de rivalidad económica con Estados Unidos y China.
¿Qué son las «small mid-caps»?
Las small mid-caps son empresas que cuentan con entre 250 y 750 empleados y un volumen de negocio de hasta 150 millones de euros o activos totales de hasta 129 millones de euros. En la UE, hay aproximadamente 38.000 empresas que cumplen con estos criterios. Estas empresas a menudo se encuentran en una posición intermedia: demasiado grandes para beneficiarse de las exenciones destinadas a las pymes, pero sin la capacidad administrativa de las grandes corporaciones.
Medidas clave del paquete Omnibus IV
Impacto económico esperado
La Comisión estima que estas medidas podrían suponer un ahorro anual de 400 millones de euros para las empresas medianas. Además, se espera que la reducción de cargas administrativas impulse la competitividad, la innovación y la creación de empleo en sectores clave como la construcción, la energía, las telecomunicaciones y los servicios financieros.
Próximos pasos
El paquete Omnibus IV deberá ser aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. Se prevé que el proceso legislativo se extienda durante los próximos meses, con el objetivo de que las medidas entren en vigor antes de finales de 2025.
Estas iniciativas forman parte de un esfuerzo más amplio de la Comisión para reducir las cargas administrativas en un 25 % para todas las empresas y en un 35 % para las pymes antes de 2029.
Con este paquete, la UE busca reforzar su tejido empresarial medio, reconociendo su papel fundamental en la economía europea y la necesidad de proporcionarles un entorno regulador más favorable para su crecimiento y expansión.
El Decreto ley 5/2025 introduce un conjunto de medidas urgentes en materia fiscal con el objetivo de promover el acceso a la vivienda, reforzar la justicia fiscal e incentivar el uso sostenible de los recursos. A continuación, se recogen las principales novedades en relación con la aplicación en Cataluña del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Este bloque se centra en incentivar políticas de vivienda e introducir una fiscalidad más progresiva:
Tipos reducidos para colectivos protegidos:
La Comisión Europea aprobó el pasado 26 de febrero un primer paquete de medidas de simplificación sustancial y reducción de cargas administrativas, paquete ómnibus, que tiene como objetivo modificar diferentes normativas de sostenibilidad empresarial de la Unión Europea para aligerar la carga administrativa innecesaria para las empresas, dándoles más tiempo para su adaptación, así como reduciendo los requisitos de la CSRD y modificando los umbrales de su aplicación.
Concretamente, el paquete incluye modificaciones de la Directiva de Reporting de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y de la Directiva de Diligencia Debida de las Empresas en Materia de Sostenibilidad (CSDDD). El paquete también va acompañado de un proyecto de Acto delegado sobre Taxonomía.
Los principales cambios en la CSRD serían:
En cuanto a la Taxonomía, el paquete Ómnibus incluye modificaciones en el sentido de una mayor flexibilización, así prevé la notificación voluntaria de la Taxonomía para las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la CSRD (empresas de más de 1.000 trabajadores) y también introduce la opción de informar voluntariamente sobre su alineación parcial con la Taxonomía.
A pesar de que todavía el Parlamento y el Consejo Europeo deben ponerse de acuerdo en los próximos meses sobre la versión final del documento, no se esperan grandes cambios sobre esta propuesta.