tributari

Novedades introducidas por el Real Decreto-ley 19/2020 en el ámbito tributario

Dentro de las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos de la COVID- 19 (BOE 27 de mayo), se incluyen las siguientes en el ámbito tributario:

1. Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades para los contribuyentes que se ajusten, para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio, a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo. (Artículo 12 RD-ley 19/2020)

  • No se modifica el plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades por los contribuyentes del Impuesto los que hayan ampliado los plazos para la formulación y aprobación de las cuentas anuales del ejercicio de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RD-ley. El plazo de presentación de la declaración del Impuesto por el período impositivo correspondiente a dicho ejercicio será el plazo previsto en el apartado 1 del artículo 124 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), es decir, durante los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Si al término de este último plazo, las cuentas anuales no hubieran sido aprobados, la declaración se realizará con las cuentas anuales disponibles. (más…)

Facebooktwittergoogle_pluslinkedinmail

Aquest lloc web utilitza cookies pròpies i de tercers per obtenir informació dels seus hàbits de cerca i intentar millorar la qualitat dels nostres serveis i de la navegació pel nostre lloc web. Si està d’acord fes click a ACCEPTAR o segueixi navegant. Més informació. aquí.

ACEPTAR
Aviso de cookies