julio 27, 2021 Nuestra opinión Autor: Marcos Sánchez
La Sentencia versa en relación con si en un procedimiento público para la contratación de servicios, cuando la licitadora es una Unión Temporal de Empresas, basta que uno de los integrantes de la misma cumpla los requisitos de solvencia técnica exigida, acumulando entre sus miembros, o si, la solvencia es exigible de forma individual a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Empresas.
La Sentencia recuerda que la normativa en materia de contratación pública tiene entre sus fines el de favorecer la libre concurrencia y facilitar el acceso a los procedimientos de contratación. Precisamente por ello, se prevén mecanismos para que las empresas puedan integrar o sumar sus capacidades, o bien utilizar medios ajenos a la propia empresa. (más…)
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