enero 20, 2022 Nuestra opinión Autor: Cristina Gabarró
A finales del pasado mes de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el Decreto Ley 28/2021 de modificación del Decreto Ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente a el impacto sanitario, económico y social de la COVID-19, en el ámbito de las personas jurídicas de derecho privado sujetas a las disposiciones del derecho civil catalán.
La disposición final primera del referido Decreto Ley 28/2021, determina que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la posibilidad de que las entidades de derecho privado reguladas por el Código Civil de Cataluña prevean en la convocatoria de la junta general la asistencia de sus miembros a través de medios telemáticos como pueden ser la videollamada o la conferencia telefónica múltiple, aunque esta circunstancia no se encuentre expresamente prevista en los estatutos sociales. (más…)
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