La publicación de la nueva Ley 26/2014 del IRPF, y concretamente el último párrafo del artículo 27.1, ha intentado aclarar una temática que era fruto de controversia y de varias interpretaciones en los últimos años. Desde el 1 de enero de 2015, día en que entra en vigor la reforma fiscal, se considerarán ingresos de actividades económicas (actividades profesionales), en lugar de ingresos de trabajo, los rendimiento obtenidos por los servicios prestados por los socios trabajadores de sus sociedades, siempre que se cumplan estas dos condiciones:
En fecha 13 de marzo de 2015 fue publicada al DOGC la Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, estableciendo nuevas medidas para poder dar cumplimiento en los objetivos establecidos en la Ley de Presupuestos de la Generalitat por el 2015. Mediante estas reformas, se pretende dotar de mayor eficacia a la ejecución del programa de gobierno en los diferentes ámbitos de desarrollo.
Esta Ley modifica un gran número de disposiciones normativas. A continuación se hará un breve repaso de los aspectos objeto de regulación, haciendo especial consideración a las modificaciones efectuadas en materia de contratación administrativa.
El título I de la ley se dedica a la regulación de determinados tributos propios (modificaciones en los tipos de gravamen de los residuos, establecimiento del canon del agua por el uso eficiente de los recursos hídricos, etc.) y en referencia a algunos tributos cedidos (modificaciones en el contenido formal de presentación del Importe de Actos Jurídicos documentados). (más…)
Con la publicación el pasado 28 de febrero del Real Decreto-Ley 1/2015, entre otras disposicions, se han aprobado dos nuevas medidas con Fomento de empleo: (Artículos 8 y 9)
A) Se establece un nuevo incentivo para la creación de empleo estable que consiste en la fijación de un mínimo exento en la cotización empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social por la contratación indefinida de trabajadores.
Serán beneficiarias todas las empresas que contraten de forma indefinida y creen empleo neto. Los primeros 500 euros de la base mensual de cotización empresatial, correspondiente a contingencias comunes quedarán exentos cuando el contrato se celebre a tiempo completo. Cuando el contrato se celebre a tiempo parcial, dicha cuantía se reducirá en proporción al porcentaje en que disminuya la jornada de trabajo, que no podrá ser inferior al 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo. (más…)
Apreciados,
Tal y como os anticipamos recientemente, muy próximamente trasladaremos las oficinas centrales de Faura-Casas a un nuevo espacio, en que continuaremos ofreciendo nuestro servicio en unas nuevas y modernas instalaciones.
Nos complace anunciaros que a partir del lunes 11 de mayo ya nos encontraréis en nuestras nuevas oficinas de la Calle Córcega, 299, 6a. Planta, código postal 08008.
Aún con el cambio de domicilio, nuestros teléfonos y correos electrónicos serán los mismos que hemos venido utilizando hasta ahora.
Esperemos saludaros muy pronto personalmente en nuestras nuevas oficinas.
Faura-Casas, Auditors-Consultors, SL