Ley 21/2014, de 29 de diciembre, relativa al protectorado de las fundaciones y de la verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública.

El pasado 31 de diciembre se publicó en el DOGC la nueva Ley Catalana Reguladora del Protectorado, que entró en vigor el 26 de enero de este año, estableciendo alguna excepción al respecto. En cuanto al régimen sancionador, este entrará en vigor el 1 de enero de 2016, y en relación a la presentación de cuentas de forma unificada hace falta, previamente, que se lleven a cabo las adaptaciones técnicas que lo hagan posible.

Como precedente de esta Ley, destacar la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, que circunscribe una serie de disposiciones básicas relativas al Protectorado que se limitan a determinar el ámbito de actuación, la organización y las funciones básicas, mencionando, en su disposición transitoria cuarta, la aprobación de una Ley que regule expresamente los protectorados. (más…)

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Novedades de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

La presente Ley responde a las exigencias aclamadas por los ciudadanos de un estado democrático que obliga a dar cuenta de la actividad y de la gestión de los recursos públicos que se han puesto a su alcance. El propio título de esta Ley engloba los tres principios básicos que no habían sido, hasta ahora, objeto de tratamiento legal claro y definido que implicara su traducción en derechos y obligaciones jurídicas.

El ámbito de aplicación engloba las Administraciones Públicas de Cataluña (Administración de la Generalitat, entes locales, organismos y entidades de naturaleza administrativa dependientes de los administraciones), así como personas privadas que ejercen actividades públicas e instituciones públicas que no son administración pública pero que hacen funciones administrativas, y que por su naturaleza se considera que se les es exigible un deber de transparencia e información. (más…)

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Análisis sobre las condiciones de privacidad de las aplicaciones móviles.

La Agencia Española de Protección de Datos ha participado en el análisis coordinado para examinar las condiciones de privacidad de las aplicaciones móviles más populares, impulsado por la Red Global de Control de la Privacidad, entidad creada para fomentar la cooperación transfronteriza entre autoridades de protección de datos y formada por entes nacionales y regionales de todo el mundo.

Se trata de una iniciativa que pretende fomentar el cumplimiento de la legislación de protección de datos y de privacidad, promover la concienciación de los usuarios y obtener una visión integral y conjunta.

En el estudio se han examinado más de 1.200 aplicaciones móviles, incluyendo APPs de dispositivos Apple y Android, tanto gratuitas cómo de pago, públicas y comerciales, pertenecientes a categorías como ocio, salud, ejercicio físico o realización de transacciones bancarias, entre otros. (más…)

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