Campaña del Impuesto sobre la Renta 2017 (novedades y calendario)

El próximo 4 de abril comenzará la Campaña del Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2017. A pesar de que desde el pasado 15 de marzo ya se pueden obtener los datos fiscales de los contribuyentes a través de la aplicación móvil (novedad de este año) creada por la Agencia Tributaria para la campaña, no será hasta el próximo 4 de abril que ya se podrán presentar las oportunas Declaraciones.

Este año la campaña se alargará hasta el 2 de julio, atendiendo que el último día habitual (30 de junio) es sábado, y la fecha límite para la presentación tanto del modelo 100 (IRPF) como del modelo 714 (Impuesto sobre patrimonio) se aplaza hasta el siguiente día hábil. No obstante, para aquellos contribuyentes cuyos resultados de las declaraciones sea a ingresar, y deseen domiciliar los pagos, la fecha límite será el próximo 27 de junio.

A nivel tecnológico, la principal novedad para la tramitación de la Declaración de la Renta es, como se ha indicado, la aplicación móvil gratuita creada por la Agencia Tributaria para sistemas Android y iOS, que permitirá a cada contribuyente consultar sus datos fiscales y, en caso de no tener que hacer ninguna modificación, proceder a la presentación de la misma declaración. En caso de que el contribuyente desee o tenga que hacer alguna modificación, deberá dirigirse al sistema Renta WEB, ya introducido en la Campaña de la Renta 2016 como sustitución del programa PADRE, efectuar la modificación y proceder a la presentación de la declaración.

En la declaración de la renta 2017 también diremos adiós al SMS con el número de referencia. Ahora el contribuyente puede solicitar el borrador y / o los datos fiscales por tres vías diferentes: a través de la página web de la Agencia Tributaria mediante el DNI electrónico, o mediante el sistema de firma con clave de acceso, llamado Cl@ve PIN. El tercer método corresponde al famoso servicio RENØ, que requiere un número de referencia. El contribuyente necesitará introducir el importe de la casilla 450 de la declaración del año anterior, su NIF y la fecha de validez de su DNI.

renta 2017

Como cada año, la Agencia Tributaria ha habilitado también un acceso directo a la página web www.agenciatributaria.es, desde donde podrán realizarse los trámites relacionados con la Declaración, acceder a la normativa, manuales, etc…

En cuanto a las principales novedades en la liquidación del Impuesto, destacar que no hay diferencias significativas respecto a las campañas anteriores, si bien hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2017 el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores negociados tendrá la consideración de ganancia patrimonial. También cabe destacar, en relación a la aplicación del mínimo por descendientes, que éste también resulta aplicable a aquellos que tengan atribuida la guarda y custodia por resolución judicial de los descendientes.

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@ Faura-Casas

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