La declaración de bienes en el extranjero: un paso más para prevenir y luchar contra el fraude fiscal.

Después que el pasado 30 de Noviembre finalizara el plazo para acojerse a la amnistia fiscal (Declaración Tributaria Especial) y como a medida complementaria dentro del Plan iniciado por el Gobierno Central para prevenir y luchar contra el fraude fiscal, el próximo 30 de Abril finaliza el plazo para la presentación de la nueva declaración de bienes y derechos al extranjero.

Recordamos que la declaración informativa, modelo 720, establece la obligación de presentación, siempre que se supere la cifra de 50.000 euros de forma conjunta para cada conjunto de bienes, respecto a los siguientes conceptos:

  • Cuentas en entidades financieras situades en el extranjero.
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero

Si bien esta nueva declaración no supone pagar más impuestos, al tratarse de una declaración informativa, hay que tener en consideración que el incumplimiento de la misma puede generar importantes consecuencias económicas y más cuando no cumplir con la nueva obligación puede implicar la pérdida de la prescripción fiscal de las rentas ocultes, y por tanto la postetat de la Administración Tributaria de considerar, en cualquier momento, los capitales “ocultos” como una ganancia patrimonial no justificada pudiendo por tanto ser objeto de regularización al tipo marginal del IRPF y la imposición de sanciones muy elevades.
En consecuencia se ha de valorar y estudiar detenidamente la conveniencia de efectuar antes del próximo 30 de Abril la nueva obligación informativa, y más en el caso concreto de las personas jurídicas que de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1558/2012, de 15 de Noviembre, por lo cual se establecen obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el estranjero, no tendrán obligación de declarar cuando tengan registrados en su contabilidad de forma individualitzada los valores, derechos, seguros y rentas a lo que se refiere la norma.

En esta misma línea cabe destacar los trabajos recientes que se están llevando a cabo de forma conjunta entre los gobiernos del Estado Español, Alemania, Reino Unido, Francia e Italia para desarrollar un programa de intercambio de información fiscal de forma autonómica. Programa que se prevé sea extensible a los otros miembros de la Unión Europea. El objetivo del mismo es perseguir a las personas, físicas y jurídicas, que evaden impuestos.

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@ Faura-Casas

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