El pasado 9 de septiembre fue aprobada la Ley 31/2015, que recoge en un único texto los diferentes incentivos al trabajo autónomo vigentes, que estaban dispersos en diversas normas, y pone en marcha nuevas medidas para impulsar el autoempleo y apoyar el trabajo autónomo y la economía social. Su vigencia comenzaba a partir del 10 de octubre de 2015, las principales novedades son:
A. En cuanto a las bonificaciones o reducciones de cuotas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las modificaciones más relevantes son la eliminación a partir del 10 de octubre de 2015, de las limitaciones que las bonificaciones tenían en caso de contratar trabajadores por cuenta ajena, ya que a partir de este momento se perdían los incentivos de bonificación o reducción de cuotas del RETA. Con la nueva regulación no hay limitación a la contratación de trabajadores, ya no se aplicará tanto para los incentivos que se soliciten a partir del 10 de octubre, como los incentivos vigentes anteriores que contraten trabajadores a partir de esta fecha.
B. La mejora de la regulación del acceso a la compatibilidad hasta un máximo de 270 días entre trabajo por cuenta propia y prestación por desempleo. Desaparece la edad límite exigida de 30 años, lo que posibilita que cualquier beneficiario de las prestaciones por desempleo pueda efectuar esta compatibilidad independientemente de su edad. En este mismo sentido, se amplía la posibilidad de recuperar el paro suspendido para iniciar trabajos por cuenta propia, hasta una máximo de 5 años.
C. Medidas dirigidas a potenciar la capitalización del pago único de las prestaciones por desempleo, posibilitando a cualquier edad capitalizar hasta el 100% del importe para constituirse como trabajador autónomo, o capitalizar para entrar a formar parte en el capital social de una entidad mercantil.
Las medidas más relevantes en materia de reducciones y bonificaciones en las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos son:
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