Nueva Directiva sobre contabilidad.

El 26 de junio se ha publicado la Directiva 2013/34/UE, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la cual se modifica la Directiva 2006/43/CE y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83 / 349/CEE.

Esta nueva Directiva se enmarca en la política comunitaria de disminución de cargas administrativas para pequeñas y medianas empresas, y la armonización de los requerimientos en todos los países de la unión, estableciendo un nuevo marco tanto de las obligaciones de información financiera como de los principios contables que tienen que regir a estas entidades, optando por no transponer los NIIF para pequeñas y medianas empresas a la normativa comunitaria.

Dentro de los principios y normas de valoración que se incluyen en esta nueva Directiva, existen aspectos que pueden ser contrarios en las actuales normas y criterios contables, como es el caso de la obligación de amortización del Fondo de Comercio, que se establece en un periodo no inferior a 5 años ni inferior a 10, hecho que presumiblemente obligará a una nueva modificación de las actuales normas contables antes del 20 de julio de 2015.

Categorías de empresas y grupos de empresas

La norma establece diferentes obligaciones de información a las empresas de acuerdo con la categorización por razón de su medida. Así quedan definidas las siguientes categorías de empresas, si al cierre del ejercicio no superan dos de los siguientes límites:

Categoría

Total Balance

Cifra de negocios

Trabajadores

Microempresas

350.000 €

700.000 €

10

Pequeña empresa

4.000.000 €

8.000.000 €

50

Mediana empresa

20.000.000 €

40.000.000 €

250

Gran empresa

> 20.000.000 €

> 40.000.000 €

> 250

Se prevé que los límites para la consideración de pequeña empresa puedan ser ampliados por los estados miembros hasta 6 millones de euros de balance y 12 millones de euros de cifra de negocios.

Así mismo se realiza una categorización de los grupos de empresas (grupos pequeños, medios o grandes) de acuerdo con su medida, y con los mismos parámetros que los establecidos por las empresas de forma individual, estableciendo la obligación de consolidar a los grupos medianos y grandes, salvo las excepciones previstas.

La nueva directiva se puede consultar en el siguiente link:

Nueva directiva

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@ Faura-Casas

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