Nueva norma tecnica de la igae sobre informe de recomendaciones de control interno e informe adicional al de auditoria de cuentas

Mediante Resolución de 1 de junio de 2017 de la IGAE (intervención General de la Administración del Estado), se ha aprobado la Norma técnica sobre informes de recomendaciones de control interno e informe adicional al de auditoría de cuentas anuales.

Tal y como viene siendo habitual en los trabajos de la IGAE y de acuerdo a lo establecido en las Normas de Auditoría del Sector Público (NASP), los Informes de Auditoría de Cuentas emitidos bajo normas públicas, vienen acompañados de un informe adicional que tiene como fin la mejora de la gestión de los recursos públicos, a través de la formulación de recomendaciones de control interno y de la puesta de manifiesto del grado de cumplimiento de la legalidad, con un alcance y objetivos más amplios y extensos que el que normalmente corresponde a una auditoría de cuentas.

Esta norma técnica se produce en el marco  el proceso de confluencia de las NASP con Normas Internacionales de auditoría aplicables en España (NIA-ES), y concretamente por adaptación de la NIA-ES 265 “Comunicación de la deficiencias de control interno a los responsables del gobierno y a la dirección de la entidad”.

Los cambios más relevantes con respecto a la Norma anterior son, en síntesis los siguientes:

  1. a) Definición más precisa de la naturaleza , el ámbito y el objeto de aplicación de este informe adicional y determinación más clara de la coordinación con otros trabajos que puedan tener puntos comunes como el control financiero permanente y el resto de las auditorías públicas, de operativa y de cumplimiento.
  2. b) Estructuración de dos partes independientes que tiene como objetivo vertebrar las recomendaciones de control interno, tomando como base la NIA-ES 265, y los incumplimientos de la legalidad.
  3. c) Coordinación con la Norma Técnica de Informes de auditoría de Cuentas Anuales, tanto en contenido como en estructura, así como el establecimiento de criterios de tratamiento de la información en ambos informes.
  4. d) Consideración del Informe de Recomendaciones e Informe Adicional como una fuente de información, para la obtención de aquellos aspectos y cuestiones que puedan mejorar la gestión, de los informes globales y generales.
  5. e) Fijación de unos modelos de informe de formato obligatorio.

La Norma Técnica ahora aprobada se estructura en los siguientes apartados:

  • Ámbito de aplicación y objeto.
  • La estructura y contenido del informe.
  • La tramitación del informe.
  • La fecha y firma del informe
  • La modelización de informes; además, se establece un anexo donde se presentan distintos modelos y ejemplos de informes y otro anexo que sistematiza la valoración de las alegaciones a efectos de dejar evidencia en los papeles de trabajo.
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@ Faura-Casas

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