El modelo 390 es la declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y por consiguiente debe coincidir con el acumulativo de los modelos 303 presentados durante el año; no obstante este modelo no tienen que presentarlo todos los sujetos pasivos del IVA.
Con carácter general están obligados a presentar la declaración-resumen anual todos aquellos contribuyentes que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas trimestrales del IVA (modelo 303), quedando exonerados de su presentación, aquellos sujetos pasivos del Impuesto obligados a la presentación de autoliquidaciones periódicas, con periodo de liquidación trimestral que realicen exclusivamente las actividades siguientes:
Como novedad para la declaración del ejercicio 2017 y siguientes, también quedan exonerados de presentar el modelo 390 aquellos sujetos pasivos que lleven los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, en lo que se conoce como Suministro Inmediato de Información del IVA (SII):
Los sujetos exonerados de presentar el modelo 390 deben cumplimentar el apartado específico del modelo de autoliquidación del Impuesto en el último periodo de liquidación del año (4T o 12) para identificar las actividades a las que se refiere la declaración y consignar el detalle del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio:
@ Faura-Casas