Se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento hasta 50.000 euros

Con fecha 28 de marzo publicó la Orden HFP/311/2023, por la cual se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.

Junto con la mencionada Orden, se han dictado dos Instrucciones:

  • Instrucción 1/2023, de 31 de marzo, de la directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre las garantías necesarias para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, y para obtener la suspensión de los actos administrativos objeto de recurso y reclamación.
  • Instrucción 2/2023, de 3 de abril, de la directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago.

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Campaña del Impuesto sobre la Renta 2022 (novedades y calendario)

El próximo día 11 de abril se iniciará la Campaña del Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2022. De forma anticipada la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha habilitado el acceso a la consulta de los datos fiscales desde el pasado 15 de marzo.

Este año la campaña se alargará hasta el 30 de junio, fecha tope para la presentación tanto del modelo 100 (IRPF) como del modelo 714 (Impuesto sobre Patrimonio). Aun así, por aquellos contribuyentes los resultados de las declaraciones de los cuales sea a ingresar, y deseen domiciliar los pagos, la fecha tope será el próximo 27 de junio. (más…)

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Reducción de la retención por IRPF a los artistas con una relación especial laboral y autónomos

El Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones, establece una reducción en las retenciones del IRPF a aplicar a las percepciones obtenidas por los artistas.

La citadas reducciones se concretan en:

  • Reducción del 15% al 2% del tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo que deriven de una relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.
  • Reducción del tipo de retención del 15% al 7% en relación con las actividades económicas desarrolladas por los artistas. Para ello será necesario que el artista hubiera obtenido en el período impositivo anterior unos rendimientos íntegros de tales actividades inferiores a 15.000 euros y que estos representen su principal fuente de renta, entendida esta última como más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

 

Área Fiscal-Laboral

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Nuevas medidas para la contención de precios y apoyo a ciudadanos y empresas en respuesta a la evolución geopolítica, económica y social

Con fecha 27 de diciembre de 2022 el gobierno del estado aprobó el Real Decreto-ley 20/2022, por el que se aprueba un sexto paquete de medidas para dar respuesta a la evolución de la situación política, económica y social derivada de la guerra de Ucrania y en el contexto de inflación actual.

Por un lado, las medidas aprobadas tienen como objetivo la contención de los precios y, por otro, el apoyo a los ciudadanos y empresas más afectadas en cinco ámbitos principales: energía, alimentación, transporte, industria con consumo intensivo de gas, estabilidad económico-financiera y escudo social. (más…)

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Nuevo sistema de cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) – Calendario de Aplicación

El próximo día 1 de enero de 2023 entra en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (y modificado por el Real Decreto-ley 14/2022), por el que se crea el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos (el RETA), basado en un sistema de cotización acorde con el rendimiento neto y poniendo fin a la libre elección de la base de cotización, vigente hasta ahora por este colectivo.

Las principales novedades del nuevo sistema de cotización en el RETA son:

  • Se crean unas tablas de cotización en función de los rendimientos obtenidos en los ejercicios 2023, 2024 y 2025, estableciendo para cada tramo una base mínima y una máxima, dentro de lo que cada autónoma podrá optar.
  • El autónomo podrá cambiar hasta 6 veces al año su base de cotización.
  • Se establece una tarifa plana para el período 2023-2025 de 80 euros mensuales los 12 primeros meses de alta, que se podrá prorrogar por 12 meses más en as que el rendimiento neto anual sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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Medidas fiscales previstas en el proyecto de ley de presupuestos generales del Estado para 2023

El pasado 6 de octubre se presentó en las Cortes Generales del Estado el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023. En el presente artículo se recogen las principales modificaciones previstas en el ámbito tributario y, de las que destacan, las relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Se aumenta de 16.825 euros a 19.747,50 euros, cuyo umbral a partir del cual resulta aplicable la reducción por rendimientos del trabajo, así como el importe máximo de la deducción que pasa de 5.565 euros a 6.498 euros.
  • Pasa de 14.000 euros a 15.000 euros cuyo importe mínimo a partir del cual tienen obligación de declarar a los perceptores de rendimientos del trabajo, con más de un pagador.
  • Se introduce el tipo de retención reducido del 7%, por las rentas procedentes de rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas con cesión del derecho de explotación, así como por los rendimientos procedentes de propiedad intelectual, cualquiera que sea su calificación, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

Que el rendimiento íntegro de estas actividades en el ejercicio anterior sea inferior a 15.000 euros.

  • Y que represente más del 75% del total de los rendimientos íntegros derivados de actividades económicas (empresariales, profesionales o artísticas) y del trabajo obtenido en el ejercicio inmediatamente anterior.
  • Trabajadores autónomos económicamente dependientes.

Se incrementa tanto el umbral a partir del cual resulta de aplicación la reducción adicional que pasa de los 14.450 euros a los 19.747,5 euros del rendimiento neto, como el importe de la reducción máxima, que pasa a 6.498 euros (3.700 euros en el ejercicio actual).

  • Para el ejercicio 2023, el porcentaje de deducción por el concepto de gastos de difícil justificación en la determinación del rendimiento neto de las actividades económicas por los contribuyentes en Estimación directa simplificada asciende del 5% al ​​7%.
  • Empresarios en Estimación objetiva para la determinación del rendimiento neto:

o Se prorroga para el período impositivo 2023 los límites cuantitativos para la aplicación del método de estimación objetiva del rendimiento de la actividad empresarial, así como para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • Se incrementa la tributación de las rentas del ahorro para los tramos más elevados de la escala de gravamen., pasando del 26% al 27% la tributación por las rentas entre 100 y 200 miles de euros, e incorporando un nuevo tramo para los rendimientos superiores a los 300.000 euros, con un tipo del 28%:

Impuesto sobre Sociedades

  • Se introduce, a partir de 1 de enero de 2023, un tipo impositivo reducido del 23% para las entidades con un importe neto de la cifra de negocio en el ejercicio anterior inferior al millón de euros.

Este tipo de gravamen reducido no se aplicará en las entidades que tengan la consideración de sociedades patrimoniales.

Impuesto sobre actividades económicas (IAE)

  • Se introducen algunas modificaciones y nuevos epígrafes en el cuadro de tarifas del IAE.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • El proyecto de Ley incorpora diversas modificaciones en el marco regulador del impuesto (Ley 37/1992, de 28 de diciembre) para garantizar la neutralidad, así como evitar situaciones de doble imposición, o distorsiones en la competencia que pudieran originar cese a consecuencia de las reglas referentes al lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios.
  • Se establece la tributación al 4% de IVA en las entregas de compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales (actualmente al 10%).
  • Modificación de la base imponible en los supuestos de impago.

Se modifican los requisitos exigidos para poder modificar la base imponible a consecuencia de impagos:

  • Se reduce el importe mínimo a partir de lo que es posible modificar la base imponible, que pasa de 300 euros a 50 euros.
  • Se permite aplicar la modificación de la base imponible cuando se acredite que se ha reclamado el cobro a través de cualquier medio fehaciente (burofax). Actualmente, la acreditación sólo podía realizarse por requerimiento notarial.
  • Se amplía de 3 a 6 meses el plazo de tiempo transcurrido desde la finalización del período de 6 meses o 1 año del devengo del impuesto repercutido para la emisión de la factura rectificativa

Régimen fiscal del mecenazgo

  • Se actualizan para el ejercicio 2023 las actividades que se considerarán prioritarias de mecenazgo., de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Asimismo, se incluyen nuevos eventos a los que será de aplicación los beneficios fiscales regulados en el artículo 27 de la Ley 49/2002, relativo a programas de apoyo a eventos de excepcional interés público.

Interés legal e interés de demora.

  • Para el ejercicio 2023 se establece:

o El interés legal del dinero en el 3,25% (actualmente: 3%)

o El interés de demora tributario en el 4,0625 (actualmente: 3,75%)

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)

  • Se actualiza el IPREM para el año 2023 de acuerdo con el siguiente detalle:

o Diario: 20 euros (actualmente: 19,30 euros)

o Mensual: 600 euros (actualmente: 579,02 euros)

o Anual: 7.200 euros (actualmente 6.948,02)

 

 

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Nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

Con la creciente preocupación por el medio ambiente y las consecuencias del efecto invernadero y con el fin de fomentar la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como el fomento del reciclado de los residuos plásticos contribuyendo en la circularidad de este material, a partir del próximo 1 de enero de 2023 entra en vigor el nuevo impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (más…)

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Paquete de nuevas medidas fiscales previstas para 2023

El pasado 29 de septiembre, la Ministra de Hacienda anuncio un paquete de medidas fiscales aplicables para el año 2023 ), que se incorporaran en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 o en leyes que permitan su puesta en marcha el próximo año.

Estas medidas son:

  • Impuesto de Solidaridad 

Creación de un Impuesto de Solidaridad de las grandes fortunas que afectará a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros.

Para evitar la doble imposición los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributaran por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su Comunidad Autónoma. (más…)

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La dirección general de tributos cambia su criterio en el reconocimiento de deducciones generadas en ejercicios anteriores

La Dirección General de Tributos (DGT) en consultas vinculantes del pasado mes de junio, V1510-22 y V1511-22, establece un nuevo criterio en relación con la posibilidad de reconocer las deducciones generadas en ejercicios anteriores que no fueron informadas en las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en las que éstas se generaron. (más…)

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Nuevas medidas para luchar contra la morosidad

A mediados de este mes de septiembre, el Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, conocida como la Ley «Crea y Crece». Aunque la norma tiene su origen en facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos reguladores e impulsar su crecimiento y expansión, también incluye medidas para luchar contra la morosidad. (más…)

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