Prorrogado el Plan MECUIDA hasta el 31 de enero de 2021

El pasado 23 de septiembre, se publicó el Real Decreto-ley 28/2020 (RDL 28/2020). En su disposición adicional 3ª, recoge la prórroga del artículo 6 del RDL 8/2020 en el que se regula el Plan MECUIDA, estableciendo que permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021. (más…)

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Derogación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto: consecuencias en materia de empleo

El Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto (RDL 27/2020), de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, ha perdido su vigencia, al no ser convalidado por el Congreso de los Diputados. El paso 10 de septiembre se dictó Resolución del Congreso, que ordena la publicación del Acuerdo de derogación de aquella norma. (más…)

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La posibilidad de cambio de la Base de cotización. Régimen Especial Trabajadores Autónomos

Este mes de septiembre es el último plazo, para que los trabajadores incluidos en el campo de aplicación de este régimen especial (RETA) puedan cambiar la base por la que viniesen obligados a cotizar, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la TGSS. La norma establece los siguientes plazos y efectos:

a) 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

b) 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.

c) 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

d) 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. (más…)

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Se prorroga el plazo para la aplicación del tipo cero de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19

La Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 27/2020, del 4 de agosto, prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 la aplicación del tipo 0 del Impuesto sobre el Valor Añadido a la entrega, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19, que se detallan en el Anexo del citado Real Decreto-ley (actualizando el aprobado por Real Decreto-ley 15/2020), cuando los destinatarios sean entidades de Derecho público, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social a las que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA.

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La derogación del despido objetivo por faltas de asistencia

El pasado 16 de julio se publicó la Ley 1/2020, de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

La propia norma aclara que el despido por faltas de asistencia al trabajo era una figura que legitimaba la extinción de los contratos de las personas trabajadoras que se ausentaran de sus puestos, de forma justificada o no, superando determinados porcentajes. Aunque todas las faltas injustificadas podían ser contabilizadas a efectos de aplicar el despido objetivo por faltas de asistencia, las justificadas computables eran limitadas, pues el propio artículo 52.d) relacionaba expresamente las no admisibles para aplicar esta modalidad de despido.

Este precepto fue incorporando nuevas inasistencias que no admitían contabilización a efectos de la aplicación del despido objetivo (suspensión por riesgo durante el embarazo o la lactancia, faltas de asistencia vinculadas a la violencia de género, etc.). En la práctica, suponía que el artículo quedara reducido, a las faltas de asistencia injustificadas y a las bajas por contingencias comunes de duración inferior a 20 días.

Esta nueva norma justifica que se elimine esta modalidad de despido, aludiendo a pronunciamientos del Tribunal Constitucional (Sentencia 118/2019, de 16 de octubre) y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sentencia de 18 de enero de 2018). La Ley argumenta también razones de discriminación por enfermedad de larga duración y por motivos de género (Sentencia TJUE de 20 de junio de 2013).

En el ejercicio 2020 se ha derogado dos veces este tipo de despido. Ahora la Ley deroga tanto el artículo 52.d del ET como el Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero , con el que hace en el mes de febrero se había suprimido esta forma de despido (con lo cual la derogación ya data del 20 de febrero). Esta norma ya fundamentaba en «motivos objetivos y de oportunidad política» la derogación, y que fue criticada por no ajustarse de forma pacífica a la finalidad de extraordinaria y urgente necesidad que requería este mecanismo legislativo. Es por este motivo que ahora una gran parte del Preámbulo de la Ley 1/2020 trata de justificar que la adecuación del uso de un Real Decreto-Ley: «en ningún caso constituyó un uso abusivo o arbitrario de este instrumento constitucional».

Así que, finalmente, con mayor o menor fortuna queda derogada esta modalidad de despido justificado, basado en faltas de asistencia, que tanta controversia ha tenido en los últimos años.

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Aspectos laborales más relevantes derivados de la Resolución SLT / 1429/2020, de 18 de junio, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, el 19 de junio de 2020

El ámbito territorial de aplicación de la presente resolución es para la comunidad autónoma de Catalunya y la resolución entra plenamente en vigor el día 25 de junio de 2020, y continuará vigente mientras se mantenga activado el Plan de actuación del Plan Territorial de protección Civil de Catalunya (PROCICAT) para emergencias asociadas a enfermedades transmisibles emergentes con potencial alto riesgo. (más…)

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Medidas en el ámbito laboral aprobadas por el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio

El capítulo II del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, recoge el mantenimiento de determinadas medidas de prevención e higiene para prevenir los posibles riesgos que pudieran derivarse de la pérdida de vigencia automática de las medidas para la favorable evolución en el logro de los objetivos de contención de la pandemia del COVID-19, por la aparición de nuevos brotes epidemiológicos y nuevas cadenas de transmisión no identificadas.

Dentro de estas medidas de prevención se recogen las que deberán aplicarse en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones. (más…)

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Nuevas medidas en el ámbito laboral establecidas por el Real Decreto-ley 19/2020

Con la aprobación del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, se adoptan nuevas medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social para paliar los efectos de la COVID-19. Se extienden las del ámbito agrario, y se añaden nuevas decisiones en el terreno laboral, con el fin de aliviar el impacto de la crisis en el tejido productivo español y reforzar la protección de los colectivos más expuestos en la crisis.

Las novedades que aporta este Real Decreto-ley son:

1) Empleo agrario

El artículo 1 prorroga hasta el 30 de septiembre de 2020 las medidas extraordinarias para promover el empleo temporal agrario, contempladas en el Real Decreto-ley del pasado 7 de abril, que establecía su vigencia hasta el 30 de junio. Con esta prórroga de tres meses, se garantiza la disponibilidad de mano de obra para hacer frente a las necesidades de agricultores y ganaderos, ante las limitaciones sanitarias a los viajes de trabajadores de otros países que realizan labores agrarias como temporeros, como consecuencia de la COVID-19.

En relación con los jóvenes extranjeros en situación regular con autorización de residencia no lucrativa que se acogieron al Real Decreto-ley 13/2020, la Disposición adicional segunda (Da 2ª) establece que se permitirá que, tras la finalización de la vigencia de su permiso de trabajo actual, puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo. (más…)

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El Gobierno aprueba las medidas derivadas del acuerdo social en defensa del empleo

Tras semanas de intensas negociaciones con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal, el Boletín Oficial del Estado del 13 de mayo, ha publicado el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, por el que se aprueban por el Gobierno una serie de medidas que pretenden dar una respuesta adecuada, para que las empresas adopten los ajustes dinámicos necesarios que les permitan transitar hasta un escenario de «nueva normalidad», salvaguardar el empleo y proteger especialmente  las personas trabajadoras. (más…)

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Medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 17/2020 en el ámbito laboral

Dentro de las medidas de apoyo al sector cultural para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19 aprobadas por el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, se incluye el acceso extraordinario a la prestación por desempleo para los trabajadores de la Cultura, que por su intermitencia no habían quedado amparados por los mecanismos de cobertura establecidos hasta la aparición de este Real Decreto-ley. De este modo, los artistas podrán acceder de manera extraordinaria a la prestación de desempleo por un periodo de hasta 180 días, según el periodo de ocupación cotizada en el año anterior, reconociendo así la intermitencia laboral y la especial vulnerabilidad de los trabajadores del sector cultural. (más…)

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